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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2013 (27/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Sábado 27 de julio de 2013 500148 casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República Federativa del Brasil, detallado a continuación, del 27 al 30 de julio de 2013, a fi n que participen en los actos conmemorativos por el Aniversario de la Independencia del Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima. 1. Capitán Paulo Eduardo Gressler DA ROCHA Paiva 2. Capitán Ernesto Sávio DE PAULA Junior 3. Cadete Gabriel GOMES Giantomaso 4. Cadete Renato Eloy DE ANDRADE Neto 5. Cadete Ruan Aparecido FIRMINO Dos Santos 6. Cadete S’tyverson MENDES Fernandes 7. Cadete Ramiro ANTUNES Perasi 8. Cadete Rodrigo DA SILVA Pisoni 9. Cadete Thiago DIAS Sales 10. Cadete Thiago Menna BARRETO Guedes 11. Cadete Paulo Thyago VILLANOVAN Cavalcanti 12. Cadete Guilherme SAUTHIER Monteiro 13. Cadete Camilo CASTELO Bastos Felix Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 968220-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 644-2013 DE/ Lima, 26 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 610 del 25 de julio de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1458-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 25 de julio de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 27 al 28 de julio de 2013, a fi n de participar en los actos conmemorativos por el Aniversario de la Independencia del Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de Iquitos; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República Federativa del Brasil, detallado a continuación, del 27 al 28 de julio de 2013, a fi n que participen en los actos conmemorativos por el Aniversario de la Independencia del Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de Iquitos. 1. Coronel Marco Antonio ESTEVAO Machado 2. Mayor Luis Fernando FREGNI 3. Sargento Primero Sandro MONTEIRO Beltrao Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 968220-5 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Índices de distribución de los recursos del Fondo de Compensación Regional - FONCOR correspondientes al Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 214-2013-EF/15 Lima, 26 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 39° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, determina los recursos que conforman el Fondo de Compensación Regional - FONCOR, así como el mecanismo mediante el cual se distribuyen sus recursos; Que, el literal a) del numeral 15.5 del artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 223-2011- EF/43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los índices de distribución del Fondo de Compensación Regional - FONCOR son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, previo informe favorable del Consejo Nacional de Descentralización - CND, sobre la base de la propuesta que para tal fi n emita la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales de este Ministerio; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2007- PCM se aprobó la fusión del Consejo Nacional de Descentralización – CND con la Presidencia del Consejo de Ministros, disponiéndose que toda referencia normativa al CND o a las competencias, funciones y atribuciones que venía ejerciendo, se entenderá como hecha a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante el Ofi cio N° 076-2013-INEI/DTDIS, la Dirección General de Presupuesto Público y la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS de este Ministerio