Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2013 (27/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

500146
CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nos. 596 y 606 del 23 y 24 de MORDAZA de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1450-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 24 de MORDAZA de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Chile; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 27 al 30 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en los actos conmemorativos por el Aniversario de la Independencia del Peru, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Lima; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica de MORDAZA detallado a continuacion, del 27 al 30 de MORDAZA de 2013, a fin que participen en los actos conmemorativos por el Aniversario de la Independencia del Peru, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Lima. 1. MORDAZA 2. MORDAZA 3. Cadete 4. Cadete 5. Cadete 6. Cadete 7. Cadete 8. Cadete 9. Cadete MORDAZA AUGER Elissalde MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camus MORDAZA MORDAZA Von Becker MORDAZA FOLLERT MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARCAMO

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1574/ORIE/c.2 del 19 de MORDAZA de 2013, el Jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ejercito emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Chile; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, el 27 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en los saludos protocolares y contrapunto de bandas militares por el Aniversario de la Independencia del Peru, que se realizara en la MORDAZA de Tacna; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica de MORDAZA detallado a continuacion, el 27 de MORDAZA de 2013, a fin que participen en los saludos protocolares y contrapunto de bandas militares por el Aniversario de la Independencia del Peru, que se realizara en la MORDAZA de Tacna.
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. General de Brigada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayor Capitan Capitan MORDAZA Subteniente Subteniente Suboficial Suboficial Suboficial Suboficial Suboficial Suboficial Suboficial Suboficial Suboficial Suboficial Suboficial Suboficial MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA CHEG MORDAZA MORDAZA CANAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maffey MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SERKA Kusanovic MORDAZA BUSTOS Cruzat MORDAZA MORDAZA Gundel MORDAZA MORDAZA Seguel MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANTIBANEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pailanir MORDAZA VERDEJO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanhueza MORDAZA BASAEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYER Munoz MORDAZA MORDAZA Montanares MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA ELIZONDO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Strange MORDAZA RUBIO Jorquera MORDAZA MORDAZA Moyano MORDAZA ALANIZ Latorre MORDAZA MORDAZA Poblete MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ticuna MORDAZA MORDAZA Urzua MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yanez MORDAZA MORDAZA Mardones

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

968220-2 RESOLUCION MINISTERIAL N° 642-2013 DE/
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nos. 512, 565 y 618 del 24 de junio, 11 y 26 de MORDAZA de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de

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