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El Peruano Sábado 1 de junio de 2013 496191 Turístico del Viceministerio de Turismo, participe en dicho evento y en las reuniones con empresarios del sector privado jordano, exponiendo y promocionando las oportunidades de inversión turística y hoteleras identifi cadas en el país; Que, el MINCETUR es la entidad pública responsable de promover, orientar y regular la actividad turística y representa al Estado en los eventos nacionales e internacionales de su competencia; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Turismo y de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico, en tanto dure la ausencia de sus titulares; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen para las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Petra, Reino Hachemita de Jordania, del 09 al 16 de junio de 2013, de la señorita Claudia Eugenia Cornejo Mohme, Viceministra de Turismo, y de la señorita Jessica Maria Soto Huayta, Directora Nacional de Desarrollo Turístico, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participen en la “Primera Conferencia Ministerial Potenciando el Turismo entre los Países Árabes y de América del Sur: Hacia una estrategia común”, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 4 705,72 x 2 personas) : US$ 9 411,44 Viáticos (US$ 510,00 x 4 días x 2 personas) : US$ 4 080,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las funcionarias cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentarán al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- Encargar al señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, las funciones del Despacho Viceministerial de Turismo, a partir del 09 de junio de 2013, y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 5°.- Encargar a la señorita Amora Diana María Auscaria Carbajal Schumacher, Directora Nacional de Turismo, las funciones de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico, a partir del 09 de junio de 2013, y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 940282-1 CULTURA Designan Viceministro de Intercul- turalidad RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2013-MC Lima, 31 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 014-2013-MC de fecha 06 de mayo de 2013, se encargó al señor Paulo César Vilca Arpasi, quien ejercía el cargo de Director General de Interculturalidad y Derechos de los Pueblos, el puesto de Viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, con retención de su cargo; Que, resulta pertinente dar por concluida la citada encargatura así como designar al titular del cargo de confi anza de Viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido el encargo conferido al señor Paulo César Vilca Arpasi mediante Resolución Suprema N° 014-2013-MC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor Paulo César Vilca Arpasi, en el cargo de confi anza de Viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura 944963-13 Modifican la R.M. Nº 185-2011-MC, mediante la cual se designó al Comité Administrador del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a que se refiere la Ley Nº 27811 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 155-2013-MC Lima, 30 de mayo de 2013 Visto, los Memorandos Nº 105-2013/DGICA-VMI/MC y Nº 119-2013/ DGICA-VMI/MC de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales, los Memorandos Nº 97-2013/VMI/MC y N° 109-2013/VMI/MC del Viceministro de Interculturalidad, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27811 se estableció el régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos; Que, el artículo 37º de la referida Ley crea el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas con el objeto de contribuir al desarrollo integral de los pueblos indígenas a través del fi nanciamiento de proyectos y otras actividades. Dicho Fondo goza de autonomía técnica, administrativa y fi nanciera; Que, en el artículo 39º se indica que el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas será administrado por cinco (5) representantes de organizaciones representativas de los pueblos indígenas y dos (2) representantes de la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos - CONAPA, los cuales conforman el Comité Administrador; Que, la Única Disposición Transitoria de la Ley Nº 27811, establece que la designación de los miembros del Comité Administrador del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas estará a cargo de la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - CONAPA, en coordinación con las organizaciones