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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (10/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Lunes 10 de junio de 2013 496932 ORDENANZA N° 1707 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de junio del 2013 el Dictamen Nº 53-2012-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 55-2013- MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO EN EL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- Desafectar el Uso del Suelo para fines de Vivienda del terreno de 380.70 m2 constituido por el Lote 19, Mz. K 13D, calificado como Parque /Jardín, del Asentamiento Humano Villa María del Triunfo, Sector Asociación Central Unificada, distrito de Villa María del Triunfo, Provincia y Departamento de Lima, en concordancia con lo establecido en la Ordenanza N° 1076-MML de fecha 08 de octubre del 2007. Artículo Segundo.- Disponer que en el proceso de Habilitación Urbana y/o Licencia de Obra correspondiente, el propietario deberá autorizar la constitución de una servidumbre a favor de la Empresa Concesionaria Luz del Sur para el acceso a las subestaciones eléctricas ubicada entrando al lado derecho del predio materia de Desafectación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 4 de junio de 2013 HERNAN NUÑEZ GONZALES Teniente Alcalde 947623-2 Dejan sin efecto Resolución de Alcaldía que aprobó desafectación de terreno en el distrito de San Martín de Porres ORDENANZA N° 1708 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de junio del 2013 el Dictamen Nº 100-2012-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 56-2013- MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN DE ALCADÍA QUE APROBÓ DESAFECTACIÓN DE UN TERRRENO EN EL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 445 de fecha 30 de marzo de 1990, en el extremo de su parte resolutiva por el cual se aprobó la Desafectación de Uso de Parque al terreno de 1,200.00 m2 otorgado a favor de la Congregación de los Padres de San Columbano, inscrita en la Ficha Nº 1179564 de los Registros Públicos de Lima, al no haberse cumplido de manera cabal con los fi nes establecidos en la citada Resolución; substituyéndose la efi cacia jurídica de dicha Resolución en el extremo del área desafectada de aproximadamente 180.00 m2, área donde se encuentra la construcción de una Capilla; y se disponga la reversión de lo restante al Parque N° 4 de la Urbanización San German II Etapa, Distrito de San Martin de Porres, Provincia y Departamento de Lima. ArtÍculo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano la elaboración de una nueva delimitación y concluido ello exhortar a la Municipalidad Distrital que se habilite como parque local como lo establece la Ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano comunique a la Municipalidad Distrital San Martín de Porres que, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones – Ley Nº 29090, corresponde a las Municipalidades Distritales la administración, conservación y mantenimiento de los Parques y Jardines localizados dentro de su jurisdicción; razón por la cual, deberá velar por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de Alcaldía Nº 3406 del 06 de agosto del 1982, que autorizó a la Asociación de Padres de Familia del CEGC Sgto. 1º José Rodríguez Trigoso, acondicionar un Campo Deportivo, en un área de 1,576.14 m2 del Parque Nº 04 de la Urbanización “San Germán” II Etapa para benefi cio del vecindario y de la población infantil y juvenil del sector y que actualmente se encuentra cercado irregularmente por el mencionado Centro Educativo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para que dentro del marco de sus competencias, ejecute las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 4 de junio de 2013 HERNAN NUÑEZ GONZALES Teniente Alcalde 947625-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Establecen período de inscripción de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial en el Libro de Registro Local de Organizaciones de la Sociedad Civil DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2013-MPC-AL Callao, 7 de junio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: Visto: el Memorando Nº 923-2013-MPC/GGPV, de fecha 5 de junio del 2013, de la Gerencia General