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El Peruano Lunes 10 de junio de 2013 496916 Disponen reclasificar temporalmente la Jerarquía de la Ruta Nacional PE- 32 A en el Tramo: Emp. PE-3S (Abra Toccto) - Condorccocha como Ruta Departamental o Regional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 321-2013 MTC/02 Lima, 6 de junio de 2013 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 193 y 249-2013-GRA/PRES del Gobierno Regional Ayacucho; el Informe Nº 153-2013- MTC/14.07 de la Dirección de Caminos; el Memorándum Nº 1423-2013-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; y, los Memoranda Nºs. 1013 y 1113-2013-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2011- MTC, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 27 de julio de 2011, se aprobó la actualización del Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, estableciéndose como Ruta Nacional PE-32 A (ramal) Trayectoria: Emp. PE-30 A (Dv. Andamarca) - Andamarca - Querobamba - Huancapi - Cangallo - Emp. PE-3S (Abra Tocto); y, se derogó el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC; Que, a través de los Ofi cios Nº 193 y 249-2013-GRA/ PRES, de fechas 16 de abril y 15 de mayo de 2013, el Gobierno Regional Ayacucho solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la reclasifi cación temporal de la Ruta Nacional PE-32 A en el Tramo: Toccto - Condorccocha, a fi n de mejorar las características técnicas de la vía; señalando además, que cuenta con los recursos presupuestales necesarios para realizar proyectos viales en el tramo solicitado; Que, mediante Memoranda Nºs. 1013 y 1113- 2013-MTC/20 de fechas 07 y 17 de mayo de 2013, respectivamente, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, emitió opinión favorable con respecto a la reclasifi cación temporal de la Ruta Nacional PE-32 A en el Tramo: Toccto - Condorccocha, como Ruta Departamental o Regional, considerando que el Gobierno Regional Ayacucho cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, con Informe Nº 153-2013-MTC/14.07 de fecha 17 de mayo de 2013, la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, consideró procedente la reclasifi cación temporal de la Ruta Nacional PE-32 A en el Tramo: Emp. PE-3S (Abra Toccto) - Condorccocha, como Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº AY-122, con la fi nalidad de posibilitar la intervención que pretende realizar el Gobierno Regional Ayacucho; Que, a través del Memorándum Nº 1423-2013-MTC/14 de fecha 17 de mayo de 2013, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles señaló su conformidad a la reclasifi cación temporal de la Ruta Nacional PE-32 A en el Tramo: Emp. PE-3S (Abra Toccto) - Condorccocha, como Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº AY-122; Que, según lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6º del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, y sus modifi catorias, en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquización del Sistema Nacional de Carreteras; asimismo, las autoridades competentes para la aplicación del Reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del Reglamento, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasifi cación de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), en aplicación a los criterios establecidos en el artículo 8º del Reglamento, considerando para tales efectos la información que proporcionen las autoridades competentes a que se refi ere el artículo 6º del Reglamento; Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 10.2 del artículo 10º del Reglamento, las autoridades competentes establecidas en el artículo 6º del Reglamento podrán proponer de común acuerdo la reclasifi cación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios del artículo 8º del mismo, la cual será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasifi cador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2009-MTC, se incorporó al Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC, el artículo 5-A, el cual establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá disponer, a petición de las autoridades competentes previstas en el artículo 6º del Reglamento, la reclasifi cación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial; y que, para tramitar dicha reclasifi cación, la autoridad solicitante debe acreditar ante el MTC, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el Gobierno Regional Ayacucho, y a lo informado por la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, la Dirección de Caminos y la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; resulta procedente reclasifi car temporalmente la Ruta Nacional PE-32 A en el Tramo: Emp. PE-3S (Abra Toccto) - Condorccocha, como Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº AY-122; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 044-2008-MTC, Nº 026-2009-MTC y Nº 036-2011-MTC, así como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reclasifi car temporalmente, la Jerarquía de la Ruta Nacional PE-32 A en el Tramo: Emp. PE-3S (Abra Toccto) - Condorccocha, como Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº AY-122, adoptando la siguiente trayectoria: Ruta Nº AY-122 Trayectoria: Emp. PE-3S (Abra Toccto) - Condorccocha. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 947530-1 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en localidad del departamento de Junín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 270-2013-MTC/03 Lima, 3 de junio del 2013 VISTO, el Expediente Nº 2012-051017 presentado por el señor MARCELINO ONCEBAY YAURI, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de San Juan de Jarpa, departamento de Junín;