Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2013 (14/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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El Peruano Viernes 14 de junio de 2013

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 a favor de Gobiernos Regionales para financiar la contratacion de profesores y auxiliares de educacion en el ambito geografico del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro-VRAEM
DECRETO SUPREMO N° 122-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 3 de la Ley Nº 30015, Ley que autoriza modificaciones presupuestarias para el pago de bonificacion a la Policia Nacional del Peru y dicta otras medidas en materia presupuestaria; autoriza a los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica y MORDAZA a contratar hasta 846 profesores y 117 auxiliares de educacion en instituciones educativas publicas e instituciones educativas de asociaciones reconocidas por el Ministerio de Educacion, en plazas validadas por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion, para el ambito geografico del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), de acuerdo a los anexos aprobados por el Ministerio de Educacion. Para tal efecto el Ministerio de Educacion queda exceptuado de lo dispuesto en el literal c) del inciso 41.1 del articulo 41 y en el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, a fin de efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias hasta por la suma de S/. 15 009 107,00 (QUINCE MILLONES NUEVE MIL CIENTO SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES).

Que, asimismo se autoriza al Ministerio de Educacion a efectuar modificaciones presupuestarias a nivel institucional por el monto MORDAZA mencionado, las cuales son aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Educacion, a propuesta de esta MORDAZA, dentro de los treinta dias habiles de publicada la citada Ley; Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educacion, mediante Informe Nº 145-2013-MINEDU/SPEUP, senala que se cuenta con los recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010 Ministerio de Educacion, hasta por el monto de S/. 15 009 107,00 (QUINCE MILLONES NUEVE MIL CIENTO SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al financiamiento de la contratacion de hasta 846 profesores y 117 auxiliares de educacion, en plazas validadas por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion, para lo cual adjunta los anexos correspondientes, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 30015; Que, la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos, mediante Memorando N° 336-2013EF/53.01 precisa que el monto correspondiente al financiamiento de la contratacion de 846 profesores y 117 auxiliares de educacion en los ambitos senalados, asciende a S/. 10 545 593,00 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con lo dispuesto en el articulo 3 de la referida Ley Nº 30015, Ley que autoriza modificaciones presupuestarias para el pago de bonificacion a la Policia Nacional del Peru y dicta otras medidas en materia presupuestaria; DECRETA: Articulo 1.- Autoriza transferencia de partidas 1.1 Autorizase a efectuar Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 10 545 593,00 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al financiamiento de la contratacion de hasta 846 profesores y 117 auxiliares de educacion en instituciones educativas publicas e instituciones educativas de asociaciones reconocidas por el Ministerio de Educacion, validadas por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe

2. 3.

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