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El Peruano Viernes 14 de junio de 2013 497130 Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas – sede Iquitos, y su destaque al Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas – sede Juliaca, del Distrito Judicial de Puno. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Huánuco, Loreto y Puno, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 950221-6 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros y La Positiva Vida Seguros y Reaseguros la modificación de dirección de agencia de uso compartido ubicada en el departamento de Huánuco, autorizada mediante Res. SBS N° 9368- 2011 RESOLUCIÓN SBS Nº 3385-2013 Lima, 31 de mayo de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES Y DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se rectifi que la dirección de una Agencia ubicada en el departamento de Huánuco; y, asimismo, la solicitud de LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS para que se le haga extensiva dicha modifi cación ya que la citada Agencia es de uso compartido entre ambas compañías; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 9368-11 de fecha 23 de agosto de 2011, esta Superintendencia autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS la apertura de una Agencia uso compartido ubicada en Jirón Crespo Castillo N°s. 511-513, distrito, provincia y departamento de Huánuco; Que, mediante carta N° 060-2013-LEGAL de fecha 20 de mayo de 2013, LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS ha comunicado a esta Superintendencia que la Municipalidad Provincial de Huánuco modifi có la dirección del inmueble donde funciona la citada Agencia, precisando que la dirección correcta es Jirón Crespo Castillo N° 517, distrito, provincia y departamento de Huánuco; Estando a lo informado por los Departamentos de Supervisión del Sistema de Seguros “A” y el Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “B”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Resolución SBS N° 775-2008 y sus modifi catorias; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 842-2012 del 27 de enero de 2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS la modifi cación de la dirección de la agencia de uso compartido autorizada mediante Resolución SBS N° 9368-11 de fecha 23 de agosto de 2011, que fi gura como “Jirón Crespo Castillo N°s. 511-513, distrito, provincia y departamento de Huánuco”, por “Jirón Crespo Castillo N° 517, distrito, provincia y departamento de Huánuco”. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS WONG-KIT CHING Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros (a.i.) 949206-1 Opinan favorablemente respecto de la renovación del “Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank” RESOLUCIÓN SBS Nº 3459-2013 Lima, 5 de junio de 2013 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank (en adelante, el Banco), para que se opine favorablemente sobre la renovación del plazo del “Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco Internacional del Perú S.A.A – Interbank”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles (en adelante, el Programa), por dos (2) años adicionales; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234°, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232° de la Ley General establece que la emisión de instrumentos fi nancieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia; Que, en Sesión Ordinaria celebrada el 26 de octubre del 2010, en adelante la Sesión, el Directorio del Banco aprobó llevar a cabo el Programa, así como facultar al Gerente General y otros funcionarios, para que de forma individual, en representación del Banco puedan -entre otros- establecer los términos, condiciones y características del Programa, no defi nidos en la Sesión, estando facultados para introducir cualquier modifi cación y/o precisión respecto de los términos, condiciones y características necesarias del Programa y/o emisiones, que fuese necesaria, incluso de las defi nidas por el Directorio en la Sesión, con amplias facultades; Que, mediante Resolución SBS N° 866-2011 del 21 de enero del 2011, esta Superintendencia emitió opinión favorable respecto del Programa; Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia General del Banco a esta Superintendencia, a la fecha de la solicitud, no se ha realizado emisión alguna en el marco del Programa; Que, en tal sentido, el Banco solicita la opinión favorable de esta Superintendencia para renovar el Programa, ampliándose el plazo de vigencia del mismo por dos (2) años adicionales, de conformidad con lo