Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2013 (14/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Viernes 14 de junio de 2013

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Que, en sesion de la Junta Anual de Accionistas del Banco realizada el 28 de octubre de 2010, se aprobo llevar a cabo el Programa, asi como delegar en el Directorio o Gerente General las facultades para modificar las condiciones del mismo, definir las condiciones o caracteristicas que no se hubieran aprobado en dicha sesion y en general efectuar todas las modificaciones que MORDAZA necesarias a fin de obtener la autorizacion del Programa por parte de esta Superintendencia, la inscripcion del mismo en la Superintendencia del MORDAZA de Valores y en general adoptar todos los acuerdos o realizar todas las gestiones que MORDAZA necesarias para la ejecucion de los acuerdos tomados en la aludida sesion; Que, mediante Resolucion SBS Nº 492-2011 de fecha 14 de enero de 2011, se emitio opinion favorable para que en el MORDAZA del Programa, el Banco emita instrumentos representativos de deuda subordinada redimible computable como patrimonio efectivo de nivel 2; Que, mediante Resolucion SBS Nº 4727-2009 del 29 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero (en adelante el Reglamento), estableciendose en el articulo 8º de dicha MORDAZA que para las emisiones de instrumentos representativos de deuda subordinada son aplicables, cuando corresponda, las normas aprobadas por la Superintendencia relativas al procedimiento general o al procedimiento anticipado para la emision en serie de instrumentos financieros; Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia General del Banco a esta Superintendencia, existe a la fecha un saldo de emision y colocacion del Programa, por lo cual solicita se opine favorablemente para renovar el Programa, ampliandose el plazo de vigencia del mismo por dos (2) anos adicionales, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la Circular Nº B-2074-2000 sobre emision en serie de instrumentos financieros (en adelante la Circular), declarando la entidad que se mantienen inalterables las demas caracteristicas originales del Programa; Que, en efecto, el numeral 3.5 de la Circular establece que toda solicitud de renovacion de programas de emision de instrumentos financieros en serie para los que se MORDAZA emitido opinion favorable bajo la modalidad de procedimiento anticipado, incluyendo los que tengan la caracteristica de linea revolvente, debe contar necesariamente con la opinion previa favorable de esta Superintendencia; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentacion requerida para efectos de la renovacion del plazo del Programa, segun lo senalado en el Procedimiento Nº 25 del Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "D", el Departamento de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal y con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Unico.- Opinar favorablemente respecto de la renovacion del "Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas" hasta por un monto de US$ 30 000 000.00 (Treinta millones y 00/100 de Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en moneda nacional, por un plazo de dos (2) anos adicionales, manteniendose las demas caracteristicas originales inalterables y considerando los limites en el computo del Patrimonio Efectivo senalados en el articulo 20º del Reglamento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 949459-1

establecido en el numeral 3. de la Circular N° B-20742000 sobre emision en serie de instrumentos financieros (en adelante, la Circular), declarando la entidad que se mantienen inalterables las demas caracteristicas originales del Programa; Que, en efecto, el numeral 3.5 de la Circular establece que toda solicitud de renovacion de programas de emision de instrumentos financieros en serie para los que se MORDAZA emitido opinion favorable bajo la modalidad de procedimiento anticipado, incluyendo los que tengan la caracteristica de linea revolvente, debe contar necesariamente con la opinion previa favorable de esta Superintendencia MORDAZA de la MORDAZA de su solicitud a la Superintendencia del MORDAZA de Valores; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentacion requerida para efectos de la renovacion del plazo del Programa, segun lo senalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "D" y contando con el visto MORDAZA del Departamento Legal; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS N° 746-2010; RESUELVE: Articulo Unico.- Opinar favorablemente respecto de la renovacion del "Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco Internacional del Peru S.A.A. - Interbank", hasta por un monto MORDAZA en circulacion de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en nuevos soles, por dos (2) anos adicionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 949824-1

Opinan favorablemente respecto a la renovacion del "Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas"
RESOLUCION SBS Nº 3462-2013 MORDAZA, 5 de junio de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas (en adelante el Banco), para que se opine favorablemente sobre la renovacion del plazo del "Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas", hasta por un monto de US$ 30 000 000.00 (Treinta millones y 00/100 de Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en moneda nacional (en adelante el Programa), por dos (2) anos adicionales a su plazo original; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos subordinados; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que la emision de instrumentos financieros requerira opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia;

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