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El Peruano Viernes 14 de junio de 2013 497131 establecido en el numeral 3. de la Circular N° B-2074- 2000 sobre emisión en serie de instrumentos fi nancieros (en adelante, la Circular), declarando la entidad que se mantienen inalterables las demás características originales del Programa; Que, en efecto, el numeral 3.5 de la Circular establece que toda solicitud de renovación de programas de emisión de instrumentos fi nancieros en serie para los que se haya emitido opinión favorable bajo la modalidad de procedimiento anticipado, incluyendo los que tengan la característica de línea revolvente, debe contar necesariamente con la opinión previa favorable de esta Superintendencia antes de la presentación de su solicitud a la Superintendencia del Mercado de Valores; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida para efectos de la renovación del plazo del Programa, según lo señalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D” y contando con el visto bueno del Departamento Legal; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 746-2010; RESUELVE: Artículo Unico.- Opinar favorablemente respecto de la renovación del “Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles, por dos (2) años adicionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 949824-1 Opinan favorablemente respecto a la renovación del “Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas” RESOLUCIÓN SBS Nº 3462-2013 Lima, 5 de junio de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas (en adelante el Banco), para que se opine favorablemente sobre la renovación del plazo del “Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas”, hasta por un monto de US$ 30 000 000.00 (Treinta millones y 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional (en adelante el Programa), por dos (2) años adicionales a su plazo original; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos subordinados; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que la emisión de instrumentos fi nancieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia; Que, en sesión de la Junta Anual de Accionistas del Banco realizada el 28 de octubre de 2010, se aprobó llevar a cabo el Programa, así como delegar en el Directorio o Gerente General las facultades para modifi car las condiciones del mismo, defi nir las condiciones o características que no se hubieran aprobado en dicha sesión y en general efectuar todas las modifi caciones que sean necesarias a fi n de obtener la autorización del Programa por parte de esta Superintendencia, la inscripción del mismo en la Superintendencia del Mercado de Valores y en general adoptar todos los acuerdos o realizar todas las gestiones que sean necesarias para la ejecución de los acuerdos tomados en la aludida sesión; Que, mediante Resolución SBS Nº 492-2011 de fecha 14 de enero de 2011, se emitió opinión favorable para que en el marco del Programa, el Banco emita instrumentos representativos de deuda subordinada redimible computable como patrimonio efectivo de nivel 2; Que, mediante Resolución SBS Nº 4727-2009 del 29 de mayo del 2009, se aprobó el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero (en adelante el Reglamento), estableciéndose en el artículo 8º de dicha norma que para las emisiones de instrumentos representativos de deuda subordinada son aplicables, cuando corresponda, las normas aprobadas por la Superintendencia relativas al procedimiento general o al procedimiento anticipado para la emisión en serie de instrumentos fi nancieros; Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia General del Banco a esta Superintendencia, existe a la fecha un saldo de emisión y colocación del Programa, por lo cual solicita se opine favorablemente para renovar el Programa, ampliándose el plazo de vigencia del mismo por dos (2) años adicionales, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la Circular Nº B-2074-2000 sobre emisión en serie de instrumentos fi nancieros (en adelante la Circular), declarando la entidad que se mantienen inalterables las demás características originales del Programa; Que, en efecto, el numeral 3.5 de la Circular establece que toda solicitud de renovación de programas de emisión de instrumentos fi nancieros en serie para los que se haya emitido opinión favorable bajo la modalidad de procedimiento anticipado, incluyendo los que tengan la característica de línea revolvente, debe contar necesariamente con la opinión previa favorable de esta Superintendencia; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida para efectos de la renovación del plazo del Programa, según lo señalado en el Procedimiento Nº 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”, el Departamento de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal y con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente respecto de la renovación del “Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas” hasta por un monto de US$ 30 000 000.00 (Treinta millones y 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, por un plazo de dos (2) años adicionales, manteniéndose las demás características originales inalterables y considerando los límites en el cómputo del Patrimonio Efectivo señalados en el artículo 20º del Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 949459-1