Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2013 (14/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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en el considerando anterior, lo que incide negativamente no solo en el derecho de las partes intervinientes en el procedimiento de declaratoria de vacancia, sino que tambien obstaculiza la adecuada administracion de justicia electoral que debe proveer este Supremo Tribunal Electoral, ya que no cuenta con los elementos de juicio para formarse conviccion en torno a la concurrencia o no de la causal de declaratoria de vacancia invocada en la presente controversia juridica. 9. Asi, se advierte que, en la respectiva solicitud de vacancia solo se ha agregado la partida de nacimiento del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aedo; sin embargo, no se aprecia que el Concejo Distrital de Cayara MORDAZA requerido de oficio al respectivo organo o funcionario competente, para mejor resolver, las partidas de nacimiento de MORDAZA Aedo MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Aedo, quienes, segun el solicitante (apelante) serian parientes de dicha autoridad (tia y MORDAZA respectivamente); en el caso de la primera, accionista de la empresa con la que el MORDAZA distrital habria contratado el alquiler de una maquinaria pesada (rodillo liso vibratorio para la realizacion del proyecto de construccion del empedrado y las graderias de las calles principales del distrito de Cayara), y en cuanto al MORDAZA, vendria a ser el propietario de dicha empresa. En tal sentido, tales documentos son necesarios a efectos de determinar si existe o no grado de parentesco entre el MORDAZA cuestionado y las personas MORDAZA referidas, y si existe conflicto de intereses por parte del MORDAZA cuestionado al suscribir el contrato de alquiler en mencion. 10. Atendiendo a que resulta necesario asegurar que por lo menos dos organos o instancias distintas analicen y se pronuncien ­en el caso de los procedimientos de declaratoria de vacancia tales organos serian el concejo municipal en instancia administrativa y el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en instancia jurisdiccional­, a la luz de los hechos imputados y los medios probatorios que obren en el expediente sobre la controversia juridica planteada en un procedimiento especifico, y a que, conforme se ha evidenciado en el considerando anterior, el Concejo Distrital de Cayara no ha procedido ni tramitado el procedimiento en cuestion, respetando los principios de impulso de oficio y verdad material, y por ende, este Supremo Tribunal Electoral considera necesario declarar la nulidad del acuerdo de concejo emitida en el Acta de Sesion Extraordinaria Nº 002-2013-MDC/A, asi como todo lo actuado hasta la fecha en que el Concejo Distrital de Cayara tuvo conocimiento de la solicitud de vacancia contra el MORDAZA cuestionado. 11. Finalmente, sin perjuicio de lo MORDAZA expuesto, debe senalarse que respecto a lo alegado por el MORDAZA cuestionado, consistente en que, con anterioridad, se habrian tramitado otras solicitudes de vacancia en su contra por la misma causal y con los mismos argumentos expuestos en el procedimiento de vacancia materia del presente analisis, debe senalarse que ello no fue materia de debate en la sesion extraordinaria del 5 de febrero de 2013. Dichos alegatos fueron expuestos recien en esta instancia superior. Ademas, el MORDAZA cuestionado alega que las actas de sesiones del 23 de enero y 24 de setiembre de 2012, agregadas a los presentes autos, demostrarian que se han tramitado procedimientos de vacancia anteriores en su contra por la misma causal y basandose en los mismos hechos; sin embargo, se aprecia de la primera acta que se trato la causal de nepotismo, y de la MORDAZA no se advierte que se MORDAZA consignado la causal imputada. CONCLUSION Este organo colegiado concluye que el procedimiento de vacancia materia de analisis no se ha tramitado conforme a las reglas del debido procedimiento. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado hasta la puesta en conocimiento por parte de la Municipalidad Distrital de Cayara, de la solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aedo, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cayara, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal

El Peruano Viernes 14 de junio de 2013

prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Cayara, provincia de MORDAZA MORDAZA y departamento de MORDAZA, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aedo, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cayara, bajo apercibimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial correspondiente, para que evalue la conducta del integrante de dicho concejo, en caso de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificados en el articulo 377 del Codigo Penal. Se debera tener especial cuidado de realizar las siguientes acciones, oportunamente: 1. Convocar a sesion extraordinaria, en un plazo MORDAZA de cinco dias habiles luego de notificada la presente. En el caso de que el MORDAZA en funciones no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor o cualquier otro regidor tiene la facultad de convocar a sesion extraordinaria, previa notificacion escrita al MORDAZA, conforme lo establece el articulo 13 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Entre la notificacion de la convocatoria y la sesion extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco dias habiles. 2. Asistir obligatoriamente a la sesion de concejo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 10, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento sera motivo de responsabilidad funcional. 3. El acuerdo a emitirse en dicha sesion extraordinaria debera estar debidamente motivada y se debera consignar el MORDAZA de cada uno de los integrantes del Concejo Distrital de Cayara. Dicho acuerdo de concejo puede ser motivado mediante la declaracion de conformidad de anteriores dictamenes, decisiones o informes obrantes en el expediente administrativo, a condicion que se les identifique de modo certero, y que por esta situacion constituyan parte integrante del referido acuerdo, conforme a lo estipula do en articulo 6, numeral 6.2 de la LPAG. 4. Asimismo el concejo municipal debera requerir al organo o funcionario competente, previamente a la convocatoria de la respectiva sesion extraordinaria, los siguientes documentos: a. Las partidas de nacimiento de MORDAZA Aedo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Aedo y las que MORDAZA necesarias, a efectos de determinar la existencia de grado de parentesco entre el MORDAZA cuestionado y las personas MORDAZA referidas. b. Escritura de constitucion de la empresa Representaciones MORDAZA S.R.L. c. MORDAZA literal actualizada de la ficha registral donde se encuentra inscrita la empresa Representaciones MORDAZA S.R.L. De la valoracion de estos medios probatorios, asi como de otros que el concejo municipal considere que se deban actuar, dicha entidad MORDAZA debera determinar si existe conflicto de intereses por parte del MORDAZA al haber suscrito un contrato de alquiler de maquinaria con la empresa Representaciones MORDAZA S.R.L., si se acredita algun beneficio obtenido a favor de tal autoridad al haber suscrito dicho contrato, y si esta, con su accionar, ha causado perjuicio economico en contra de los bienes municipales, lo que debera estar debidamente sustentado. 5. Consignar en el acta de la sesion convocada las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 6. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en el caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 7. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles luego de presentado el recurso de apelacion y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 7.1. Las constancias de notificacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos

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