Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2013 (14/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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Articulo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoria Juridica la implementacion de lo dispuesto por la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 950268-1

El Peruano Viernes 14 de junio de 2013

Que la presente resolucion debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el literal m) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Constituyase a partir del 14 de junio de 2013, en Oficina Registral Parcoy a la Agencia Parcoy ubicada en el Jr. San MORDAZA N° 859, del distrito de Parcoy, de la provincia de Pataz, del departamento de La Libertad; en la cual se iniciaran los procedimientos registrales tanto para el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales como para la inscripcion de hechos vitales (nacimiento, matrimonio y defuncion) y los demas actos registrales senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion del contenido de la misma para la publicidad a la poblacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 950268-2

Constituyen en Oficina Registral Parcoy a agencia ubicada en el distrito de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 191-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 13 de junio de 2013 VISTOS: Los Informes N° 000092-2012/GOR/ JR2TRU/RENIEC y N° 000018-2013/GOR/JR2TRU/ RENIEC (17AGO2012 y 08FEB2013), emitido por la Jefatura Regional 2 - MORDAZA, el Informe N° 000117-2013/GOR/RENIEC (22MAY2013), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe N° 001052-2013/GAJ/RENIEC (10JUN2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el Articulo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que el Articulo 11º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estara dotada de las unidades de recepcion de titulos, de calificacion de titulos, de procesamiento registral y/o de emision de certificaciones que la Alta Direccion estime igualmente necesarias, de acuerdo con las exigencias derivadas del volumen poblacional, con los costos de funcionamiento del servicio y con las facilidades tecnicas con que se cuente; Que el Art. 91° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Entidad, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), dispone que la Gerencia de Operaciones Registrales es el organo de linea, encargado de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el MORDAZA de identificacion de las personas, asi como las inscripciones de los hechos vitales y modificatorios del estado civil; Que la Jefatura Regional 2 ­ MORDAZA, mediante los documentos de vistos senala que la Agencia Parcoy se encuentra debidamente implementada para ampliar los servicios de Registros de Hechos Vitales y Estado Civil; Que a traves del documento de vistos, la Gerencia de Operaciones Registrales, opina favorablemente con relacion a la propuesta formulada por la Jefatura Regional 2 ­ MORDAZA, solicitando que la Agencia Parcoy ubicada en el Jr. San MORDAZA N° 859, del distrito Parcoy, de la provincia de Pataz, del departamento de La MORDAZA, se constituya a partir del 14JUN2013 en Oficina Registral; Que en virtud a lo expuesto, resulta legalmente viable constituir en Oficina Registral Parcoy a la Agencia Parcoy, mediante la emision del correspondiente acto administrativo que asi lo disponga;

Revocan facultades registrales conferidas a la Oficina del Registro del Estado Civil que funcionaba en la Municipalidad Distrital de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 192-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 13 de junio de 2013 VISTOS: El Informe N° 000336-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (04JUN2013), emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000914-2013/GPP/ RENIEC (18ABR2013), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, la Hoja de Elevacion N° 000293-2013/GOR/RENIEC (22MAY2013), emitida por la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe N° 000086-2013/GPRC/RENIEC (05JUN2013), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican la capacidad y estado civil; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego a las Oficinas de los Registros Civiles (hoy Oficinas de Registros del Estado Civil) que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y

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