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El Peruano Jueves 20 de junio de 2013 497551 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 2,500.00 x 1 compensación US$. 2,500.00 ---------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 20,833.33 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú de los Años Fiscales 2013, 2014 y 2015, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6°.- El Ofi cial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7°.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8°.- El citado Ofi cial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 952814-6 Designan representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Vestuario y ante los Núcleos Ejecutores de Distribución Descentralizados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 513-2013-DE/SG Jesús María, 18 de junio de 2013 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 052-2013-MINDEF/VRD/ C/01, de la Dirección General de Administración y el Informe Legal de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 200-2013-DE/ SG, del 08 de marzo de 2013, se designó al Comandante FAP Carlos Alberto Balleta Nastasi, como representante del Ministerio de Defensa ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Vestuario para el MINDEF, así como ante los Núcleos Ejecutores de Distribución Descentralizados; Que, la citada designación se realizó en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 058- 2011, mediante el cual se dictaron medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, entre ellas, medidas en materia de producción y productividad a favor de las micro y pequeñas empresa - MYPES; Que, la vigencia del indicado dispositivo ha sido ampliada hasta el 31 de diciembre de 2013, conforme a lo dispuesto en la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, se ha visto la conveniencia que la supervisión de los núcleos ejecutores esté a cargo de la Dirección General de Administración, por lo que resulta necesario designar un nuevo representante del Ministerio de Defensa ante los indicados núcleos; Estando a lo recomendado por la Dirección General de Administración y con la visación de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37) del artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/SG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 200-2013-DE/SG del 08 de marzo de 2013. Artículo 2º.- Designar al Coronel FAP. Carlos Manuel Arbulú Gonzales como representante del Ministerio de Defensa ante el Núcleo Ejecutor de compra de Vestuario y ante los Núcleos Ejecutores de Distribución Descentralizados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 952342-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban Directivas que regulan procedimientos de Afiliación y Desafiliación de Usuarios del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 024-2013-MIDIS/P65-DE Lima, 10 de mayo de 2013. VISTO: El Informe Nº 058-2013-MIDIS/P65-UO, emitido por el Jefe de la Unidad de Operaciones y el Informe N° 045- 2013-MIDIS/P65-UAJ, emitido por el Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la fi nalidad de otorgar subvenciones económicas a las personas adultas en condición de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad que cumplan con los requisitos establecidos por la indicada norma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.2 del Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)