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El Peruano Jueves 20 de junio de 2013 497568 de autoridades, encargada de lograr la institucionalidad de la Universidad y que garantice el normal funcionamiento de los órganos de gobierno por el plazo de dos años; Comisión que estará integrada por: 1. Dr. Juan Vitaliano Rodríguez Pantigoso – Presidente Profesor Principal de la Facultad de Ciencias Histórico Sociales, Escuela de Sociología de la Universidad Nacional San Agustín. 2. Dr. Jorge Eduardo Villafuerte Recharte - Vicepresidente Académico Ex vicerrector administrativo de la UNASAAC. 3. Dr. Jorge Lescano Sandoval – Vicepresidente Administrativo Ex Decano de la Facultad de Ingeniería Geográfi ca, Ambiental y Ecoturismo de la Universidad Nacional Federico Villarreal Artículo 3º.- Establecer que la Comisión Reorganizadora de la Universidad Tecnológica de los Andes, dentro del proceso de intervención hará las veces de Consejo Universitario y Asamblea Universitaria, el Presidente hará las veces de Rector, el primer Vicepresidente de Vicerrector Académico y el segundo Vicepresidente de Vicerrector Administrativo, ejercerán sus atribuciones de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, Leyes Nº 26490 y Ley Nº 27602. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 952213-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan expedición de duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0948 Lima, 11 de junio de 2013 Visto el expediente SIGA Nº 2013-55356 de fecha 16 de mayo del 2013, presentado por el señor Giovanni Martin Gómez Pérez; CONSIDERANDO: Que, el señor Giovanni Martin Gómez Pérez, mediante el expediente del visto, solicita la expedición del duplicado, por pérdida de su diploma, del “Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil” y del “Título Profesional de Ingeniero Civil”, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122 del 18 de enero del 2008; Que, la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad, mediante informe de fecha 21 de mayo del 2013, precisa lo siguiente: a) Que el señor Giovanni Martin Gómez Pérez, ha obtenido el Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil, el mismo que se encuentra registrado en la página Nº 177 del Libro de Bachilleres Nº 09, con el número de registro 26455-B, conferido el 07 de setiembre de 2006; b) Que el señor Giovanni Martin Gómez Pérez ha obtenido el Título Profesional de Ingeniero Civil, el cual se encuentra registrado en la página Nº 98 del Libro de Títulos Profesionales Nº 17, con el número de registro 22542-G, conferido el 19 de febrero de 2008; Que, estando a la propuesta de la Comisión Académica y de Investigación del Consejo Universitario, sesión Nº 24-2013, según el Ofi cio Nº 426-2013/1er.VR, el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Nº 19 del 07 de junio del 2013, acordó aprobar la expedición del duplicado de los respectivos diplomas, tanto del Grado Académico de Bachiller como del Título Profesional; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso a), artículo 50º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la expedición del duplicado del diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil, a nombre del señor Giovanni Martin Gómez Pérez, otorgado el 07 de setiembre de 2006. Artículo 2º.- Autorizar la expedición del duplicado del diploma del Título Profesional de Ingeniero Civil, a nombre del señor Giovanni Martin Gómez Pérez, otorgado el 19 de febrero de 2008. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos expida los mencionados diplomas y anulándose lo otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO M. PADILLA RÍOS Rector 951688-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo acuerdo de concejo que rechazó pedido de suspensión de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN N.° 438-2013-JNE Expediente N.° J-2013-166 SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA - LIMA Lima, dieciséis de mayo de dos mil trece VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Alberto Arturo Peña de la Puente contra el Acuerdo de Concejo N.° 001, de fecha 4 de enero de 2013, que rechazó el pedido de suspensión de Carlos José Burgos Horna en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, teniendo a la vista el Expediente N.° J-2013-1618, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Sobre la solicitud de suspensión En fecha 3 de diciembre de 2013, Alberto Arturo Peña de la Puente solicitó ante el Jurado Nacional de Elecciones la suspensión de Carlos José Burgos Horna en el ejercicio