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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (22/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 150

El Peruano Sábado 22 de junio de 2013 497884 CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 6) del Artículo 195º de la constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales son competentes para planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Artículo 79º de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, consigna las funciones de las Municipalidades Provinciales y Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; Que, a través del literal a) del numeral 1.4 del Artículo 1º de la ley Nº 29465, se crea el Programa De Modernización Municipal, que tiene como objeto generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economía local; Que, en concordancia al Decreto Supremo Nº 190-2010-EF se aprueban los procedimientos Para el Cumplimiento de Metas de Asignación de los Recursos del Programa de Modernización Municipal del año Fiscal 2013 – Meta 16 – Implementar Un Programa De Segregación en la Fuente como parte del Proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios; Que, una de las fi nalidades del programa de Modernización Municipal, es incentivar a las Municipalidades a generar las condiciones favorables al clima de negocios a través de la mejora en la provisión de servicios públicos, infraestructura básica y simplifi cación de trámites, entre otros; Que, dichas mejoras, deben encontrarse en concordancia con un manejo adecuado de los Residuos Sólidos Urbanos en la Municipalidades, que permita la identifi cación de las zonas críticas que afecten a la Salud Publica y desmejoren el Ornato Público; Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Artículo 20º y numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura del acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Segregación en la Fuente como parte de Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en la Municipalidad Distrital de Pucusana. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos a través de División de Ambiente, Limpieza Pública y Áreas Verdes, el cumplimiento de la presente Norma Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Jefatura de Logística la Publicación y difusión de la presente en el Diario Ofi cial El Peruano y su inclusión en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 953486-1 Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de Pucusana ORDENANZA Nº 133-2013/MDP Pucusana, 11 de junio del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pucusana en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de junio del 2013. Visto: El informe Nº 088-2013-DGASP-MDP de la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, Proveído Nº 470-2013/GM/MDP solicitando la aprobación por medio de la Ordenanza Municipal la Meta 16 del Programa de Modernización Municipal de la Municipalidad Distrital de Pucusana. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 6) del Artículo 195º de la constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales son competentes para planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Artículo 79º de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, consigna las funciones de las Municipalidades Provinciales y Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; Que, a través del literal a) del numeral 1.4 del Artículo 1º de la ley Nº 29465, se crea el Programa De Modernización Municipal, que tiene como objeto generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economía local; Que, en concordancia al Decreto Supremo Nº 190-2010-EF se aprueban los procedimientos Para el Cumplimiento de Metas de Asignación de los Recursos del Programa de Modernización Municipal del año Fiscal 2013 – Meta 16 – Implementar Un Programa De Segregación en la Fuente como parte del Proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios; Que, una de las fi nalidades del programa de Modernización Municipal, es incentivar a las Municipalidades a generar las condiciones favorables al clima de negocios a través de la mejora en la provisión de servicios públicos, infraestructura básica y simplifi cación de trámites, entre otros; Que, dichas mejoras, deben encontrarse en concordancia con un manejo adecuado de los Residuos Sólidos Urbanos en la Municipalidades, que permita la identifi cación de las zonas críticas que afecten a la Salud Publica y desmejoren el Ornato Público; Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Artículo 20º y numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura del acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el Distrito de Pucusana. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Señor Alcalde para que, vía Decreto de Alcaldía, efectúe las adecuaciones que correspondan para el mejor manejo cumplimiento del Plan aprobado en el Articulo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y Ofi cina de Administración Tributaria, velar por el estricto cumplimiento del Plan de Manejo de Residuos Sólidos a fi n de alcanzar los objetivos formulados. Artículo Cuarto.- DERÓGUESE toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Jefatura de Logística la Publicación y difusión de la presente en el Diario Ofi cial El Peruano y su inclusión en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 953486-2 Aprueban Programa de Segregación en la Fuente como parte de la Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2013-MDP Pucusana, 11 de junio del 2013