Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2013 (22/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 152

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de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo por el pago al contado de sus obligaciones tributarias, se encuentra acorde a la normatividad expuesta, por lo que corresponde remitir los actuados al Concejo Municipal para que en ejercicio de sus facultades proceda a su aprobacion; Estando a lo expuesto y de conformidad a las atribuciones conferidas por el Inc. 8 y 9 del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Nº 27972, la Ley Organica de Municipalidades, por MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se aprueba la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE DISPONE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTO SOBRE LOS INTERESES E INSOLUTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO POR EL PAGO AL CONTADO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Articulo Primero.- APROBAR el porcentaje de descuento sobre los intereses moratorios e insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo segun el cuadro de descuentos, correspondiente a deudas comprendidas entre los periodos 2000 a 2012, siendo aplicables tanto para deudas tributarias que se encuentren en la via administrativa o coactiva, siempre que el contribuyente realice el pago al contado de toda su deuda tributaria y no mantenga deuda por impuesto predial por el ejercicio de pago a acogerse.
GRADUALIDAD DE DESCUENTOS RANGO DE DEUDA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL. 2000 al 2008 2009 al 2011. 2012 % DE DESCUENTO % DE DESCUENTO DE DE INTERESES DE INSOLUTO DE ARBIARBITRIOS MUNICITRIOS MUNICIPALES. PALES 100% 100% 100% 45% 30% 20%

El Peruano Sabado 22 de junio de 2013

Articulo Segundo.- Para el caso de los contribuyentes que en el procedimiento de fiscalizacion tributaria se les MORDAZA emitido una Resolucion de Determinacion por diferencias del impuesto predial, podran acogerse a los beneficios tributarios establecidos en el articulo primero, siempre que cancelen la totalidad del impuesto predial determinado (incluyendo la R.D). Articulo Tercero.- La aplicacion de los descuentos previstos en el articulo primero, es a peticion de parte, no mediando para ello mayores requisitos que los establecidos en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Precisar que, la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no suspende la funciones de cobranza en via Administrativa o Coactiva respecto de los contribuyentes que no se acojan a los descuentos senalados. Articulo Quinto.- El periodo de vigencia de la presente Ordenanza sera a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano teniendo una vigencia hasta el 31 de MORDAZA del 2013; facultandose al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, de ser el caso disponga la prorroga de su vigencia, previo informe de la necesidad por parte de la Gerencia de Rentas. Articulo Sexto.- Encarguese a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Informatica, Imagen y Comunicacion Social la aplicacion de los dispuesto en la presente Ordenanza segun su competencia. POR TANTO : Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los diecinueve dias del mes de junio del ano del dos mil trece. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 953439-1

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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