Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2013 (22/06/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 147

El Peruano Sabado 22 de junio de 2013

497881
las vias y otras circunstancias determinantes, inclusive MORDAZA del plazo de vencimiento". Articulo 3º.- MODIFIQUESE, el articulo 21º de la Ordenanza Nº 301-MDA, quedando esta redactada de la siguiente manera: "Articulo 21º.- Por concepto de uso temporal de la via publica, las personas que cuenten con la autorizacion respectiva, deberan pagar bimensual el 1.40 % de la UIT vigente". Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 953311-1

CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que: "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico"; Que, el articulo 9º numeral 8) de la precitada Ley, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar ordenanzas; Que, al MORDAZA de lo establecido en el inciso 3.2, numeral 3) del articulo 83º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, se ha emitido la Ordenanza Nº 301-MDA que Regula el Expendio de Bebidas Calientes y Complementos en la Via Publica, la misma que con fecha 02 de febrero de 2013 ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en la mencionada ordenanza, aprobada por el Concejo Municipal, se ha omitido incluir la creacion de la Comision Tecnica Mixta Distrital, conforme a lo recomendado por la Comision de Regidores de Desarrollo Economico en el punto tercero del Dictamen Nº 003-2012MDA/CDE; Que, de otro lado es necesario y conveniente modificar el articulo 13º de la Ordenanza Nº 301-MDA que Regula el Expendio de Bebidas Calientes y Complementos en la Via Publica, con la finalidad que la Corporacion Municipal se proyecte e incentive a formalizar esta actividad comercial, con el objetivo de propiciar el desarrollo economico y armonico del Distrito de Ate; asimismo, se hace necesario modificar el articulo 21º de la Ordenanza MORDAZA mencionada; Que, mediante Dictamen Nº 002-2013-MDA/CDE, la Comision de Desarrollo Economico recomienda la aprobacion de la presente Ordenanza, modificatoria de la Ordenanza Nº 301-MDA que Regula el Expendio de Bebidas Calientes y Complementos en la Via Publica, y Ordenanza Nº 302-MDA que Regula la Venta de Golosinas y MORDAZA en la Via Publica del Distrito de Ate; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS MORDAZA EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 8) DEL ARTICULO 9º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL MORDAZA POR UNANIMIDAD DE LOS SENORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESION DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRAMITE DE LECTURA Y APROBACION DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE; ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 13º Y 21º E INCLUYE TEXTO A LA PRIMERA DISPOSICION TRANSITORIA COMPLEMENTARIA DE LA ORDENANZA Nº 301-MDA, QUE REGULA EL EXPENDIO DE BEBIDAS CALIENTES Y COMPLEMENTOS EN LA VIA PUBLICA EN EL DISTRITO DE ATE Articulo 1º.- INCLUYASE, en la Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 301-MDA, que Regula el Expendio de Bebidas Calientes y Complementos en la Via Publica en el Distrito de Ate; el siguiente texto con el siguiente tenor: "CREASE LA COMISION TECNICA MIXTA DISTRITAL, QUE ES AUTONOMA Y ESTARA INTEGRADA POR LO REGIDORES DE LA COMISION DE DESARROLLO ECONOMICO, POR REPRESENTANTES ACREDITADOS EN EL GIRO DE BEBIDAS CALIENTES Y COMPLEMENTOS EN LA VIA PUBLICA DEL DISTRITO DE ATE Y REPRESENTANTES FUNCIONARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE". Articulo 2º.- MODIFIQUESE, el articulo 13º de la Ordenanza Nº 301-MDA, quedando esta redactada de la siguiente manera: "Articulo 13º.- La autorizacion podra ser anulada o revocada en cualquier momento de darse alguna de las causales establecidas en la presente MORDAZA u otras vigentes ya sea por razones de interes publico, remodelacion de

Modifican la Ordenanza Nº 302-MDA que regula la venta de golosinas y MORDAZA en la via publica del distrito de Ate
ORDENANZA Nº 311-MDA Ate, 31 de MORDAZA de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de MORDAZA de 2013, visto el Dictamen Nº 002-2013-MDA/CDE de la Comision de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que: "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico"; Que, el articulo 9º numeral 8) de la precitada Ley, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar ordenanzas; Que, al MORDAZA de lo establecido en el inciso 3.2, numeral 3) del articulo 83º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, se ha emitido la Ordenanza Nº 302-MDA que Regula la Venta de Golosinas y MORDAZA en la Via Publica del Distrito de Ate, la misma que con fecha 02 de febrero de 2013 ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, es conveniente modificar el articulo 13º de la Ordenanza Nº 302-MDA que Regula la Venta de Golosinas y MORDAZA en la Via Publica del Distrito de Ate, con la finalidad que la Corporacion Municipal se proyecte e incetive a formalizar esta actividad comercial con el objetivo de propiciar el desarrollo economico y armonico del Distrito de Ate; asimismo, se hace necesario modificar el articulo 21º de la Ordenanza MORDAZA mencionada; Que, ante el desarrollo de esta actividad economica en la via publica, se hace necesario establecer un plan regulador para preservar las arterias viales y los espacios publicos en general, procurando el desarrollo MORDAZA ordenado y el ornato, por lo que se hace necesario la creacion de una Comision Tecnica Mixta Distrital, integrada por los Regidores de la Comision de Desarrollo Economico, por representantes acreditados en el giro de Bebidas Calientes y Complementos en la Via Publica del Distrito de Ate y por funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, mediante Dictamen Nº 002-2013-MDA/CDE, la Comision de Desarrollo Economico recomienda la aprobacion de la presente Ordenanza, modificatoria de la Ordenanza Nº 301-MDA que Regula el Expendio de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.