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El Peruano Sábado 22 de junio de 2013 497874 Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos (hasta 500 Euros vía reembolso), hospedaje y alimentación, serán asumidos por el Banco de España, en tanto, los gastos por concepto de la diferencia del costo de pasajes aéreos, viáticos complementarios y Tarifa CORPAC serán asumidos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de la Resolución SBS Nº 3315-2013, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR- ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en los Decretos Supremo Nos 047-2002-PCM y 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Mayko Ramiro Camargo Cárdenas, Intendente del Departamento de Supervisión Bancaria “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas de la SBS del 22 al 30 de junio de 2013, a la ciudad de Madrid, Reino de España, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, por concepto de pasajes aéreos (hasta 500 Euros vía reembolso), hospedaje y alimentación serán asumidos por el Banco de España, en tanto, los gastos por concepto de la diferencia del costo de pasajes aéreos, viáticos complementarios y Tarifa CORPAC serán asumidos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,642.43 (El Banco de España reembolsará 500 Euros) Viáticos Complementarios US$ 810.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i) 953948-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Aprueban actualización del Plan Vial Departamental Participativo Ancash 2013 - 2017 ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2013-GRA/CR Chimbote, 24 de mayo del 2013 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Estado Peruano, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modifi catorias y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional N° 018-2005- REGION ANCASH/CR, de fecha 05 de diciembre del 2005, se aprobó el Plan Vial Departamental Participativo de Ancash 2006-2016; Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modifi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada mediante Ley Nº 27902; Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional reglamentando las materias de su competencia conforme se establece en el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, establece que es atribución del Consejo Regional la de aprobar, modifi car o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Decreto Ley N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en coordinación con los Gobiernos Regionales formula planes y programas que le corresponde en materias de su competencia; Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que son competencias de los Gobiernos Regionales en materia de Transportes: Planifi car, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional no comprendida en la red vial nacional o rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional; Que, la Estrategia Sectorial de Descentralización de la Gestión Vial incluye, entre otros temas, la formulación de planes viales departamentales que proporcionen un marco institucional y fi nanciero ordenado y consolidado para el desarrollo, rehabilitación y mantenimiento de la red vial departamental; la elaboración del Plan Vial Departamental a efecto de lograr una intervención racional de la infraestructura vial concebido como instrumento de gestión; Que, por Decreto Supremo Nº 036-2011-MTC, se aprobó la Actualización del Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC; Que, habiéndose concluido con la actualización del Plan Vial Departamental Participativo Ancash 2013 - 2017; En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, realizada en la ciudad de Chimbote, el día 24 de Mayo del 2013, visto el Ofi cio Nº 009-2013-GRA/CPPAT, instrumento mediante el cual la Comisión de Planifi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite el Dictamen Nº 008-2013-GRA/CPPAT, sobre aprobación de la actualización del Plan Vial Departamental Participativo de Ancash 2013 -2017; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; El Consejo Regional de Ancash en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nº 27902, 28961, 28968 y 29053 y demás normas pertinentes; y estando a lo acordado por Mayoria en Sesión Extraordinaria, de fecha 24 de Mayo del año dos