Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2013 (26/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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Articulo 7º.- ENCARGAR la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano a Secretaria General; y a la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico la publicacion de la presente ordenanza y del integro de sus anexos en el MORDAZA institucional de la Municipalidad y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE. Articulo 8º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 954870-1

El Peruano Miercoles 26 de junio de 2013

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican D.A. N° 002-ALC/MSI mediante la cual se aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2013-ALC/MSI San MORDAZA, 21 de junio de 2013 EL MORDAZA DE SAN ISIDRO: VISTO: Informe N° 091-2013-12.0.0-GACU/MSI, Memorandum N° 276-2013-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA, el Informe N° 87-2013-1300-GDU/MSI de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, y el Informe N° 0948 -2013-0400-GAJ-MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de conformidad con el inciso 6), Articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades son competentes para; Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, dispone que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se senalan las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 74° de la Ley MORDAZA acotada, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion, fiscalizacion y control, en las materias de su competencia; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante la Ordenanza Nº 950-MML, aprobo el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del distrito de San MORDAZA y un sector del distrito de MORDAZA MORDAZA, que son parte del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; en cuyo Articulo 6 se dispuso que la Municipalidad de San MORDAZA, en estricta sujecion a las normas aprobadas en la mencionada ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, los Parametros Urbanisticos y Edificatorios Complementarios, de Estacionamientos, Retiros, Tamanos Minimos de Departamentos y otros para su aplicacion en su jurisdiccion; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Municipalidad Provincial, esta Corporacion mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-ALC/MSI aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, que actualizo, simplifico y unifico diversas disposiciones relativas a Parametros Urbanisticos y Edificatorios y a retiros municipales en el distrito de San MORDAZA, facilitando su entendimiento y su aplicacion; Que, el numeral 4.4 del articulo 4° de la MORDAZA MORDAZA senalada, prescribe que "(...) la ejecucion de las obras complementarias deben ser ejecutadas previamente a la MORDAZA de la solicitud para obtener la Licencia de

Disponen el embanderamiento general del Distrito de MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2013/MDPP MORDAZA MORDAZA, 14 de junio del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO: el Informe Nº 166-2013/GDH/MDPP de la Gerencia de Desarrollo Humano; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica del Estado modificados por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, senala que los Organos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mes de MORDAZA se celebra el 192º aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru, cuya fecha central es el 28 de julio; Que, es politica de la actual administracion municipal resaltar los hechos historicos trascendentes con el proposito de reafirmar nuestra conciencia civica, fomentando la realizacion de actividades simbolicas tradicionales como es el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito de MORDAZA Piedra; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Senor MORDAZA en el Articulo 20º numeral 6 y articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.DISPONGANSE el embanderamiento general del distrito de MORDAZA MORDAZA, en las viviendas, locales comerciales e instituciones publicas y privadas, desde el 10 de MORDAZA hasta el 31 de MORDAZA del 2013, como acto civico por conmemorarse el 192º ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA DEL PERU. Articulo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito el pintado de las fachadas de los inmuebles publicos y privados, asi como, la limpieza del frontis de sus inmuebles. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalizacion el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia y a la Gerencia Municipal su supervision. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 954867-1

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