Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2013 (26/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el 05 de MORDAZA del 2013, el plazo para las inscripciones al I Matrimonio Civil Comunitario 2013, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto, a la Sub Gerencia de Registro Civil. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadisticas la publicacion del presente Decreto en el MORDAZA Institucional: http://wwwmunives.gob.pe, asi como en el MORDAZA de servicios al ciudadano y empresa: http:// www.peru.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA 954628-1

El Peruano Miercoles 26 de junio de 2013

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Declaran y reconocen area matriz de la Asociacion de Vivienda Autogestionaria Huayaringa Alta, como MORDAZA MORDAZA residencial de densidad media
ORDENANZA Nº 039-2013/CM-MPH-M Matucana, 11 de junio del 2013. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA POR CUANTO: VISTO: En Sesion de Ordinaria de Consejo de fecha 11 de junio de 2013, el Expediente Nº 01766-13 de fecha 25/03/2013, presentado por la ASOCIACION DE VIVIENDA AUTOGESTIONARIA HUAYARINGA ALTA, por la cual solicitan la declaracion de su Area Matriz como MORDAZA MORDAZA Residencial, asimismo el Informe de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural Nº 158-2013/M.A.Y.O./GDUR-MPH-M de fecha 29de MORDAZA de 2013, que anexa el Informe Tecnico Nº 160-2013/M.A.Y.O/GDUR-MPH-M de fecha 04-04-13 y el Informe Legal Nº1058-2013/RAP-GAJ-MPH-M de fecha 11/06/2013 de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales y Distritales gozan de autonomia, politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia. En tal sentido, los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 79º en su numeral 1.1 de la Ley Organica de Municipalidades, senala que es funcion exclusiva de las Municipalidades Provinciales el aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial a nivel Provincial, que identifique las areas urbanas y de expansion MORDAZA entre otros; Que, el articulo 23º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, senala que en las localidades que carezcan de Plan de Desarrollo MORDAZA, el planeamiento integral debera proponer la zonificacion y vias, solo en estos casos debera aprobarse mediante Ordenanza Municipal de la Municipalidad Provincial correspondiente; Que, mediante Expediente del visto, la ASOCIACION DE VIVIENDA AUTOGESTIONARIA HUAYARINGA ALTA,

ha solicitado se declare su area matriz, como MORDAZA MORDAZA residencial, lo que ha sido evaluado tecnicamente por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, la misma que ha determinado que no habiendo presentado la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, el estudio de zonificacion de su distrito, y a solicitud del interesado, se ha realizado un levantamiento de opinion de la poblacion vecinal que seria directamente involucrada por la zonificacion propuesta, a traves del Formato de Consulta Vecinal (FUCV); Que, revisado los actuados, y presentado como procedimiento especial de conformidad con la normativa MORDAZA citada, corresponde que se apruebe la declaracion de MORDAZA MORDAZA residencial de Densidad Media; Que, remitido los actuados a la Gerencia de Asesoria Juridica, conforme informe del visto, se ha determinado que legalmente las Municipalidades Provinciales tienen competencia legal para declarar zonas urbanas, conforme a los supuestos de ley citados; Que, estando a las facultades contenidas por la Constitucion Politica y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA mayoritario de los miembros del Concejo se aprobo la siguiente; ORDENANZA QUE DECLARA MORDAZA MORDAZA RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA AL AREA MATRIZ DE LA ASOCIACION DE VIVIENDA AUTOGESTIONARIA HUAYARINGA ALTA EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA ­ PROVINCIA DE HUAROCHIRI Articulo Primero.- DECLARAR Y RECONOCER al area Matriz de la Asociacion de Vivienda Autogestionaria Huayaringa Alta, como MORDAZA MORDAZA RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA, el cual tiene las siguientes caracteristicas: · AREA: 36.61 HAS. · TIENE TRES SECTORES: o Sector 01 distribuido en 20 manzanas y 204 lotes. o Sector 02 distribuido en 21 manzanas y 336 lotes. o Sector 03 distribuido en 25 manzanas y 905 lotes. Conforme los planos e informacion cartografica que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza en el ambito jurisdiccional de la Provincia de Huarochiri. Articulo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en la pagina web de la Municipalidad acorde al MORDAZA de transparencia y publicidad. Registrese, publiquese y cumplase. ROSA. G. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 954177-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo Bilateral para Brindar Atencion de Salud Reciproca a Nacionales de la Republica del Peru y de la Republica del Ecuador, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 055-2012-RE
ACUERDO BILATERAL PARA BRINDAR ATENCION DE SALUD RECIPROCA A NACIONALES DE LA REPUBLICA DEL PERU Y DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR Los Gobiernos de la Republica del Peru y la Republica del Ecuador, en adelante denominados "las Partes": REAFIRMANDO su deseo de unir sus fortalezas, para contribuir decididamente a mejorar la calidad de MORDAZA de los habitantes de ambos paises;

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