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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (26/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

El Peruano Miércoles 26 de junio de 2013 498103 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Ordenanza que adecúa y regula el Procedimiento de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento en el Distrito de Chaclacayo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 289-MDCH Chaclacayo, 30 de mayo de 2013 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Mayo de 2012, el Dictamen Nº 003-2013-CDE/MDCH de la Comisión de Desarrollo Económico, el Informe Nº 083-2013-MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 0012-2013-GDE/MDCH de la División de Desarrollo Económico Local, Memorandum Nº 078- 2013-GPP/MDCH de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Memorandum Nº 240-2013-GAF/MDCH de la Gerencia de Administración y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante, con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con el artículo 6º del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los “gobiernos locales promueven el Desarrollo Económico Local, con incidencia en la micro y pequeña empresa” y en su artículo 10º, establece que los “gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental”; Que, en los numerales 3.6 y 3.6.4 del Artículo 79º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es competencia y función específi ca exclusiva de las municipalidades el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonifi cación; Que, asimismo el Artículo 83º del mismo texto acotado señala que es función de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, mediante Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, con fecha 5 de febrero de 2007, en su artículo 1º señala como fi nalidad: Establecer el MARCO JURÍDICO de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por las municipalidades, correspondiendo a éstas adecuar su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) con las disposiciones previstas en dicha ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, se establecen diversos aspectos de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, tales como la naturaleza, objeto, procedimientos y requisitos a tenerse en consideración en la ejecución de los lineamientos de la Ley Nº 28976; Que, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, SE ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la “Ordenanza que adecua y regula el procedimiento de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento en el Distrito de Chaclacayo, acorde con la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de funcionamiento”, que consta de cuarenta y seis (46) artículos y nueve (09) Disposiciones Finales y Transitorias, cuyo contenido se detalla en el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFICAR el contenido el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Chaclacayo, en los Artículos correspondientes a la Licencia de Funcionamiento. Artículo Tercero.- INCORPORAR a dicho documento los siete (07) procedimientos contenidos en el Anexo Nº 02, relacionados a los procedimientos de licencia de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto cualquier otra Ordenanza y/o norma municipal que se oponga a la presente. Artículo Quinto.- DESE cuenta a la Gerencia General Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Desarrollo Urbano, División de Licencias y Autorizaciones y otras unidades orgánicas para su conocimiento y fi nes. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del texto completo de la presente Ordenanza en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Séptimo.- DISPONER que de conformidad con el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, la publicación del presente dispositivo legal, se realiza sin sus anexos, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCARCEL CAHEN Alcalde 954763-1 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Modifican el Acuerdo de Concejo N° 004-2011/MDP que establece Dieta de Regidores de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2013/MDP Pucusana, 29 de mayo del 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUCUSANA, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Mayo del 2013, bajo la presidencia del Señor Alcalde PEDRO FLORIAN HUARI y contando con el quórum reglamentario conformado por los Regidores VICENTE MAXIMILIANO CAYCHO FAUSTINO, LUIS QUEVEDO NUÑEZ, VICTORIA YOANY VILLENA BAMBAREN, NORMA ROSAURA ZUTA BAQUERIZO y EDWAR OMAR ALVAREZ CANALES. VISTO: El pedido de los señores Regidores de la Municipalidad Distrital de Pucusana respecto a que se reduzca el número de Sesiones de Concejo pagadas, a solo dos por mes, en vez de cuatro como hasta ahora, en vista que requieren más tiempo para dedicarse al trabajo de campo. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Pucusana es un Órgano de Gobierno Local con personería de derecho público, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordante con lo previsto en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 004–2011/MDP de fecha 06 de Enero del 2011, se aprueba establecer la Dieta de cada uno de los señores Regidores de la