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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (26/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 82

El Peruano Miércoles 26 de junio de 2013 498104 Municipalidad Distrital de Pucusana, en la suma mensual de S/253.50 (Doscientos Cincuenta y Tres con 50/100 Nuevos Soles), por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, abonándose hasta un máximo de cuatro sesiones al mes; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 021–2013/ MDP de fecha 17 de Abril del 2013, se aprueba la nueva Comisiones de Trabajo de los Regidores de la Municipalidad Distrital de Pucusana; Que, para el cumplimiento de sus funciones las Comisiones de Trabajo de los Regidores, requieren dedicarle mayor parte del tiempo para realizar tareas productivas, así como participar en compromisos ineludibles, actividades importantes y que no se pueden posponer, reuniones imprevistas, visitas inesperadas, etc.; de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, mediante Informe Nº 576-A-2013/OAJ/MDP de fecha 24 de Mayo del 2013, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite informe favorable sobre el requerimiento de los señores Regidores de la Municipalidad Distrital de Pucusana, el mismo que cuenta con base legal y la normatividad vigente, elevándose a Sesión de Concejo el proyecto, para su aprobación por el Concejo Municipal; Que, la Secretaria General de la municipalidad requiere a los Regidores precisen su votación y se obtuvo el siguiente resultado de la votación: SEÑOR VICENTE MAXIMILIANO CAYCHO FAUSTINO : A FAVOR SEÑOR LUIS QUEVEDO NUÑEZ : A FAVOR SEÑORA VICTORIA YOANY VILLENA BAMBAREN : A FAVOR SEÑORA NORMA ROSAURA ZUTA BAQUERIZO : A FAVOR SEÑOR EDWAR OMAR ALVAREZ CANALES : A FAVOR Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha adoptado el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Modifi car el 2do. Artículo del Acuerdo de Concejo Nº 004-2011/MDP que establece la Dieta de los señores Regidores de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Reduciéndose el número de Sesiones de Concejo pagadas a sólo dos por mes, en vez de cuatro como hasta ahora se estaba aplicando. Artículo Segundo.- Reajustar la Dieta de cada uno de los señores Regidores de la Municipalidad Distrital de Pucusana, en la suma de S/507.00 (Quinientos Siete con 00/100 Nuevos Soles), por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, abonándose hasta un máximo de dos sesiones al mes. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Contabilidad, Unidad de Tesorería y demás áreas competentes, de tomar las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y luego archívese. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 954774-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Modifican la Ordenanza Nº 203- CDPP que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 222-CDPP Puente Piedra, 20 de junio de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 089-2013/SGDE/GDUE/MDPP, de la Subgerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 168-2013-GDUE/ MDPP de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, el Informe Nº 194-2013-GAJ-MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 625-2013-GM/ MDPP de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que otorga facultades exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; así como, para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonifi cación; y en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, el otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales, profesionales y/o servicios; Que, en virtud de ello, mediante Ordenanza Nº 203- MDPP, publicada el 10 de agosto de 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Puente Piedra; Que, en mérito a la revisión de los procedimientos tramitados ante la Municipalidad se ha determinado que a fi n de cumplir estrictamente con la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y sus Disposiciones Finales, Transitorias y Complementarias; la cual busca la mejora de la coordinación entre las diversas unidades involucradas, resulta pertinente modifi car el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Puente Piedra, y de manera consecuente, modifi car el Manual de Organización y Funciones; Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo establecido en los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME del pleno del Concejo y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta se aprueba lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 203-CDPP QUE APROBÓ EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Artículo 1º.- Incorporar el inciso w) al artículo 59º y modifi car el inciso q) del artículo 61º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, aprobado mediante Ordenanza Nº 203- MDPP, los cuales quedarán redactados de la siguiente forma: “Artículo 59º.- Son funciones de la Subgerencia de Desarrollo Económico: v. Coordinar directamente con la Subgerencia de Defensa Civil las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil y demás asuntos dentro del ámbito de su competencia. w. Otras funciones delegadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico que le sean dadas por las normas municipales.” “Artículo 61º.- Son funciones de la Subgerencia de Defensa Civil q. Emitir las resoluciones de conclusión del procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil y demás resoluciones de su nivel para el cumplimiento de sus funciones.” Artículo 2º.- Déjese sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente ordenanza.