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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (27/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 110

El Peruano Jueves 27 de junio de 2013 498220 Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, solicita la Aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que Establece los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos del Distrito capital de la Provincia de Huaral. Que, mediante Dictamen Nº 001-2013-MPH/CSSAE/ ZABB de fecha 31 de Mayo del 2013, la Comisión de Salud, Saneamiento Ambiental y Ecología del Concejo Municipal, en uso de sus Atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Elecciones, de acuerdo a las consideraciones expuestas, RECOMIENDA al Pleno del Concejo Primero.- APROBAR el Proyecto de Ordenanza que tiene como fi nalidad, constituir los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos en el Distrito de Huaral, planteado por el Gerente de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, Sr. Jorge Luis Perea Argumedo, bajo la Asesoría de la Especialista Legal en Procedimiento Sancionador Srta. Sandra Chirito Remicio. Segundo.- CAPACITAR al Personal de la Municipal para el empleo del sonómetro y la adecuada aplicación de la ordenanza a ser aprobada. Tercero.- Los órganos administrativos competentes con el tema como Control y Fiscalización, Seguridad Ciudadana, Servicios a la Ciudad, Gestión Ambiental, Administración Tributaria y Asesoría deberán intervenir y dar todas las facilidades para su aplicabilidad. Cuarto.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, así como la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, deberán hacer las gestiones necesarias conducentes a la adquisición de los sonómetros en la cantidad que fuera necesaria. Quinto.- Una vez aprobado el Proyecto de Ordenanza deberá ser difundida por todos los medios de comunicación pertinentes. Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el Voto Unánime de los Señores Regidores, aprobaron la siguiente: ORDENANZA “QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS, DEL DISTRITO CAPITAL DE LA PROVINCIA DE HUARAL” Artículo 1º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por fi nalidad establecer los límites máximos permitidos para la generación de ruidos en la Provincia de Huaral, así como regular la política de prevención y control a fi n de educar a los vecinos en la generación de ruidos que puedan alterar la salud y tranquilidad de las personas. Artículo 2º.- DE LOS PRINCIPIOS Con el propósito de promover que las políticas e inversiones públicas y privadas contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida mediante el control de la contaminación sonora se tomarán en cuenta las disposiciones y principios de la Constitución Política del Perú, del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y la Ley General de Salud, con especial énfasis en los principios precautorio, de prevención y de contaminador – pagador. Artículo 3º.- ALCANCES Se encuentra obligada al cumplimiento de la presente Ordenanza toda persona natural o jurídica, pública o privada, dentro de la jurisdicción del distrito de Huaral. Artículo 4º.- INSPECCIONES TÉCNICAS Las labores de fi scalización y control de ruidos se realizarán a través de inspecciones técnicas, las que constarán en actas e informes elaborados por el personal encargado, los mismos que formarán parte de los procedimientos administrativos sancionadores de ser el caso. Toda persona se encuentra obligada a prestar las facilidades necesarias a los inspectores