Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2013 (27/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano Jueves 27 de junio de 2013

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Que, la Ley Nº 26298, Ley de Cementerios y Servicios Funerarios y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 03-94-SA, regulan todo lo concerniente a la construccion, habilitacion, conservacion y administracion de cementerios y locales funerarios, asi como a la prestacion de servicios funerarios en general, de acuerdo con las normas de la materia y el Codigo Sanitario, por parte de las personas juridicas, publicas y privadas, nacionales y extranjeras, Que, mediante el Informe Nº 281-2012-SGRC/GSM/ MVES, la Sub Gerencia de Registros Civiles, informa que existen a la fecha expedientes para regularizacion, respecto a contratos de tumbas familiares; por lo que considerando lo establecido con Ordenanza Municipal Nº 250-2012-MVES, la misma que aprueba el Reglamento Interno de Administracion y Funcionamiento del Cementerio Municipal del distrito de MORDAZA El MORDAZA, propone la expedicion de una Directiva que complemente la MORDAZA mencionada, denominandola "Directiva sobre los Procedimientos para el Uso de Nichos, Tumbas, y Espacios para Sepulturas en el Cementerio Municipal del MORDAZA Sur Cristo El Salvador"; en merito al informe MORDAZA mencionado la Gerencia de Servicios Municipales con Informe Nº 156-2012GSM/MVES, ratifica lo expresado por la Sub Gerencia de Registros Civiles, requiriendo la expedicion del dispositivo municipal pertinente; Que, con Informe Nº 206-2013-OPP/MVES la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, senala que al no existir una normativa que regule el correcto funcionamiento de los servicios que presta en el Cementerio Municipal, es pertinente la aprobacion de la Directiva propuesta; asimismo, con Informe Nº 025-2013-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoria Juridica senala que el Proyecto de Directiva sobre los Procedimientos para el Uso de Nichos, Tumbas, y Espacios para Sepulturas en el Cementerio Municipal del MORDAZA Sur "Cristo El Salvador", ha sido elaborado en concordancia con la Ley Nº 26298, Ley de Cementerios y Servicios Funerarios y su Reglamento, recomendando algunas modificaciones al texto y que una vez efectuadas corresponderia la aprobacion de la Directiva propuesta; Que, mediante el Informe Nº 139-2013-SGRC/GSM/ MVES, la Sub Gerencia de Registros Civiles, remite la propuesta de Directiva, debidamente corregida conforme a las mejoras senaladas por la Oficina de Asesoria Juridica; Estando a los informes tecnicos y legales senalados en los considerandos precedentes y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Articulo 20º y el Articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 0032013/MVES, Directiva sobre los Procedimientos para el Uso de Nichos, Tumbas, y Espacios para Sepulturas en el Cementerio Municipal del MORDAZA Sur "Cristo El Salvador" de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- DISPONER que la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica, cumpla con la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y sus anexos en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, www.munives. gob.pe. Articulo Tercero.- DISPONER que el presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR velar por el fiel cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, a traves de la Gerencia de Servicios Municipales y la Sub Gerencia de Registros Civiles en coordinacion con las demas unidades organicas pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA 954628-2

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Establecen Lineamientos de Prevencion y Control de Ruidos Molestos en la jurisdiccion del distrito de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2013-MPH Huaral, 14 de junio del 2013. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Establece los Lineamientos de Prevencion y Control de Ruidos Molestos, del Distrito capital de la Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado mediante Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 80 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, otorga a las Municipalidades Distritales la facultad de fiscalizar y ejercer labores de control sobre la emision de ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente. Que, mediante Decreto Supremo Nº 085-2003PCM, se aprobo el Reglamento de Estandares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, se establecio la Escala de Limites Maximos de Calidad Ambiental permisibles para la generacion de ruido, y que a su vez establece los lineamientos para que las Municipalidades Distritales, adopten las politicas normativas necesarias para la prevencion y control de los mismos. Que, el Articulo 24 de la precitada MORDAZA, establece como competencia de las Municipalidades Distritales, la implementacion y coordinacion con la Municipalidades Provinciales, de los Planes de Prevencion y Control de la Contaminacion Sonora, asi como ejercer la fiscalizacion respectiva de la misma. Que, mediante Informe Nº 280-2012-MPH/CICHS/ FCARMPDAF/GDUySGOPyEM de fecha 08 de Junio del 2012, el Jefe del Proyecto: "Fortalecimiento de las Capacidades de las Areas Recaudadoras de la Municipalidad Provincial en el Desarrollo de Acciones de Fiscalizacion, Provincial de Huaral ­ Lima", recomienda utilizar todos los medios de comunicacion, para la difusion y conocimiento publico de la presente ordenanza y asimismo la adquisicion de los equipos necesarios para realizar la medicion de los decibeles (sonometros), y detectar de esta manera a quienes infrinjan la presente ordenanza. Que, a traves del Informe Nº 516-2012-MPH-OAJ de fecha 08 de Junio del 2012, la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica, opina por la PROCEDENCIA para la emision de la Ordenanza Municipal, que contiene los Lineamientos de Prevencion y Control de Ruidos Molestos de la Municipalidad Provincial de Huaral, en consecuencia, remitase al Concejo Municipal, por asi corresponder a sus atribuciones, conforme lo dispone la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, mediante Informe Nº 024-2013-MPH-GSCFyC de fecha 19 de Febrero del 2013, la Gerencia de

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