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El Peruano Jueves 27 de junio de 2013 498206 exonerados de los intereses del Fraccionamiento, si el Convenio es pactado hasta en cuatro cuotas. Artículo 6º.- MULTAS TRIBUTARIAS Los contribuyentes que registren deuda por concepto de multas tributarias tendrán los siguientes benefi cios, siempre que efectúen el pago al contado o Fraccionen la Multa Tributarias y deudas que pueda tener por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales: a) Personas Naturales: 70% de condonación en el monto insoluto y 100% de los intereses moratorios b) Personas Jurídicas: 50% de condonación en el monto insoluto y 100% de los intereses moratorios Artículo 7º: DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Los contribuyentes que registren deuda por concepto de Multas Administrativas, que no se refi eran a Multas por Licencia de Construcción, tendrán los siguientes benefi cios, siempre que efectúen el pago al contado o Fraccionen la Multa y deudas que pueda tener por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales: a) Período 2012, se les condonará el 40% del valor de la Multa b) Período 2011, se les condonará el 50% del valor de la Multa c) Período 2010, se les condonará el 60% del valor de la Multa d) Período 2009 y años anteriores, se les condonará el 70% del valor de la Multa. Artículo 8º.- GASTOS Y COSTAS PROCESALES La presente ordenanza suprimirá el cobro de Gastos y Costas procesales para las deudas que se encuentren en cobranza coactiva siempre que paguen o fraccionen el total de su deuda. Artículo 9º.- DESISTIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El pago al contado o fraccionado de las deudas tributarias y administrativas con los benefi cios establecidos en la presente Ordenanza, implica el reconocimiento de las mismas y el desistimiento automático de los recursos impugnativos pendientes de atención, de reconsideración, reclamación y/o apelación. Cuando la deuda o el procedimiento para su recuperación, se encuentre impugnado ante el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial, mediante Recurso de Apelación, Queja o Revisión Judicial, respectivamente, para acogerse a los benefi cios, deberán presentar copia del cargo del escrito de Desistimiento presentado ante los respectivos órganos competentes, con las formalidades exigidas según el caso. La no presentación del desistimiento formal en el caso anteriormente mencionado dejará sin efecto los beneficios obtenidos por la aplicación de la presente Ordenanza, considerándose los pagos realizados como pagos a cuenta; en el caso de fraccionamiento de ofi cio se resolverá el convenio y los pagos realizados se imputarán conforme al artículo 31 del T.U.O. del Código Tributario, contándose los plazos hasta la fecha en que se ejecute la operación en cuenta corriente. De la misma forma el pago constituye el reconocimiento expreso de la obligación, por lo cual no podrán presentar reclamos futuros respecto de ellas. Artículo 10º.- PAGOS EFECTUADOS Los pagos realizados por los contribuyentes con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no son materia de devolución o compensación alguna. TÍTULO II: OTROS BENEFICIOS Artículo 1º.- REGULARIZACION DE PROCEDIMIENTOS Los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza gozarán de los benefi cios que a continuación se detallan, excepcionalmente la vigencia de estos benefi cios tienen carácter permanente, por lo cual quedan facultados las Gerencias correspondientes de acuerdo a su competencia: a) CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN Autorizar a la Gerencia de Gestión Urbana, el otorgamiento gratuito del Certifi cado de Jurisdicción para los predios ubicados en la Zona Industrial - Comercial, solo para efectos de su inscripción en los Registro Públicos y en los casos de contribuyentes que sean hostilizados y/ o desinformados por la Municipalidad de San Martín de Porres. b) REGISTRO DE CONTRIBUYENTE Autorizar a la Gerencia de Rentas y registrar como nuevos contribuyentes sin aplicar sanción tributaria alguna a los contribuyentes que por efecto de la situación descrita hayan venido tributando ante otra municipalidad distrital, o en su defecto se hayan mantenido omisos a presentar su declaración Jurada de Autovalúo por los predios ubicados en la Zona Industrial – Comercial; sin embargo, como caso excepcional, en el supuesto que dichos contribuyentes hayan venido realizando pagos ante otra municipalidad, se procederá a realizar la inscripción como contribuyente a partir del año siguiente, de la fecha en que realizo el último pago ante otra Municipalidad, debiéndose dejar sin efecto la Inscripción realizada por la Fiscalización Masiva, así como proceder al Quiebre de los valores que se hubieran emitido por dichos Tributos Municipales (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) y dichos periodos producto de la citada Fiscalización. c) CONSTANCIA DE CONTRIBUYENTE Autorizar a la Gerencia de Rentas, el otorgamiento gratuito de la “Constancia de Contribuyente de la Municipalidad de Independencia*, a los contribuyentes propietarios de los predios ubicados en la Zona Industrial - Comercial, que lo soliciten, en los casos que sean hostilizados y/o desinformados por la Municipalidad de San Martín de Porres. d) LICENCIA DE APERTURA Y/O DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES INDUSTRIALES Y DE SERVICIO Autorizar a la Gerencia de Desarrollo Económico Local, efectuar el Canje gratuito. Reconocimiento y Registro en la base de datos de las (licencias de Apertura y/o de Funcionamiento de Establecimientos Comerciales Industriales y de Servicio, otorgadas por otra municipalidad distrital, por predios ubicados en la Zona Industrial - Comercial, así como el otorgamiento gratuito de nuevas Licencias de Apertura y/o de Funcionamiento de Establecimientos Comerciales Industriales y de Servicios a quienes cumplan con los requisitos por predios en la Zona Industrial - Comercial, dejándose sin efecto, a pedido de parte y con Resolución de la Gerencia de Fiscalización Municipal, las Sanciones Administrativas que a la fecha por este concepto se hayan generado, en el estado en que se encuentren. e) AUTORIZACIONES ANUNCIOS PUBLICITARIOS Autorizar a la Gerencia de Desarrollo Económico Local, efectuar el Canje gratuito. Reconocimiento y Registro en la base de datos de las Autorizaciones de Anuncios Publicitarios, otorgadas por otra municipalidad distrital, por predios ubicados en la Zona Industrial - Comercial Así como el otorgamiento gratuito de nuevas Autorizaciones de Anuncios Publicitarios, a quienes cumplan con los requisitos en la Zona Industrial - Comercial. Dejándose sin efecto, ha pedido de parte y con Resolución de la Gerencia de Fiscalización Municipal, las Sanciones Administrativas que a la fecha por este concepto se hayan generado, en el estado en que se encuentren. f) CASOS DE PRECARIEDAD Y ENFERMEDAD GRAVE Los casos de Precariedad y enfermedad grave, a pedido de parte gozarán de condonación de Arbitrios Municipales, previo informe favorable de la Gerencia de Desarrollo Social. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia Municipal, el seguimiento y control de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Gerencia de Secretaria General, Subgerencia de Imagen Institucional, Gerencia de