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El Peruano Jueves 27 de junio de 2013 498216 con la inclusión social y económica de los recicladores, a fi n de lograr servicios de recolección selectiva de residuos sólidos operados por recicladores formalizados, convertidos en microempresarios; Que, la Municipalidad de Villa El Salvador, ha emitido dispositivos municipales sobre el tratamiento de residuos sólidos en el distrito, tales como la Ordenanza Nº 079- MVES, la misma que dio inicio al incentivo Municipal “Bono Verde”, Certifi cación Municipal; la Ordenanza Municipal Nº 178-2008-MVES, que aprueba la Política Ambiental Local del Distrito de Villa El Salvador; la Ordenanza Municipal Nº 179-2008-MVES, la misma que aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental del Distrito de Villa El Salvador; la Ordenanza Municipal Nº 180-2008-MDVES, que aprueba el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; y la Ordenanza Municipal Nº 238-MVES-2011, que aprueba el Plan de Manejo de los Residuos Sólidos del distrito de Villa El Salvador; Que, con Memorando Nº 221-2013-GSM/MVES la Gerencia de Servicios Municipales, presenta Proyecto de Ordenanza para el “Fortalecimiento del Programa Municipal de Recolección Selectiva de Residuos Sólidos y Formalización de Recicladores en el Distrito de Villa El Salvador”, considerando que resulta necesario apoyar y normar la actividad de recolección selectiva de residuos sólidos y la formalización de los recicladores, toda vez que la misma contribuye con el proceso de saneamiento ambiental, utilización de materiales con fi nes de preservación, uso racional de los recursos naturales; para lo cual solicita a las áreas técnicas pertinentes se pronuncien sobre su procedencia; Que, con Memorando Nº 483-2013-GSM/MVES la Gerencia de Servicios Municipales, señala que ha procedido a subsanar las observaciones formuladas por la Sub Gerencia de Recaudación y la Sub Gerencia de Fiscalización y Control Ciudadano; siendo que con Memorando Nº 01133-2013-GR/MVES la Gerencia de Rentas emite opinión favorable al proyecto de Ordenanza; de igual manera lo realiza la Sub Gerencia de Licencias y Defensa del Consumidor con Informe Nº 72-2013- SGLDC/GDE/MVES; por lo cual, con Memorando Nº 059- 2013-OAJ/MVES la Ofi cina de Asesoría Jurídica, señala que de la revisión del nuevo proyecto se observa que se ha cumplido con acoger las recomendaciones brindadas por las unidades orgánicas involucradas, opinando que el proyecto de Ordenanza se encuentra dentro del marco legal vigente y corresponde su aprobación por parte del Concejo Municipal; Que, con Dictamen 05-2013-CSMySC/MVES la Comisión de Servicios Municipales y Seguridad Ciudadana 2013, luego del análisis pertinente al proyecto de ordenanza, dictamina recomendar al Pleno del Concejo la aprobación de la misma; Estando a lo expuesto y en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) y lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por mayoría la siguiente Ordenanza: ORDENANZA DE FORTALECIMIENTO DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LA FORMALIZACION DE RECICLADORES EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza de Fortalecimiento del Programa Municipal de Recolección Selectiva de Residuos Sólidos y la Formalización de Recicladores en el Distrito de Villa El Salvador, la cual consta de Ocho (8) Títulos, Dos (2) Capítulos, Cuarenta y Cuatro (44) Artículos, Tres (3) Disposiciones Complementarias, Dos (2) Disposiciones Transitorias y Doce (12) Anexos, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde, a fi n que mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las normas reglamentarias y dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA vigente, Incorporando los procedimientos aprobados en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.-ENCARGAR a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y al Equipo Técnico Municipal para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos, la elaboración de la estructura de costos de los procedimientos aprobados mediante la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- MODIFICAR la parte correspondiente al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad, aprobado por Ordenanza Nº 189-MVES, e incorpórese a la misma las infracciones contenidas en el Articulo 40º de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Servicios Municipales, en coordinación con la Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Económico, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional (http://www. munives.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 954623-1 Regulan la ubicación e instalación de Elementos de Publicidad Exterior, Anuncios y Avisos Publicitarios en el distrito de Villa El Salvador ORDENANZA MUNICIPAL Nº 278-MVES Villa El Salvador, 19 de junio del 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: Los Informes Nºs. 49-2013-SGLDC-GDE/ MVES, 58-2013-SGLDC/GDE/MVES e Informe Técnico Nº 083-2013-SGLDC/GDE/MVES de la Sub Gerencia de Licencias y Defensa del Consumidor; el Informe Nº 028- 2013-OAJ-MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 139-2013-GM/MVES de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 03-2013-CDEyPI/MVES de la Comisión de Desarrollo Económico y Promoción de la Inversión; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 79º, numeral 3.6.3 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función específi ca y exclusiva de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias, y realizar la fi scalización de la ubicación de avisos publicitarios; Que, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 1094-MML, la misma que regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios en la Provincia de Lima, precisa que es