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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de marzo de 2013 490098 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Modifican el TUPA del Gobierno Regional de Ancash y aprueban el Anexo de Bienes y Servicios No Exclusivos objetos de Comercialización de la Dirección Regional de Energía y Minas RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 0032-2012-REGION ANCASH/PRE Huaraz,. 23 de enero de 2013 Visto, el Informe N° 062-2012-REGION ANCASH/ GRPPAT/SGDII.62 y demás documentos que lo acompañan; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria, la Ley N° 27902, establece la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; Que, el Artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, especifi ca que todas la entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, del Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 052-2012-GRA/PRE, de fecha 9 de Febrero del 2012, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Ancash, incluido en este, el de la Dirección Regional de Energía y Minas de Ancash. Que, mediante Ofi cio N° 1762-2012-GRA/DREM la Dirección Regional de Energía y Minas, solicita la modifi cación del TUPA en aplicación de los alcances del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 007-2011, que aprueba la Metodología de Simplifi cación Administrativa, así como la aprobación de la relación de servicios no exclusivos prestados por la Institución a personas naturales, pequeños productores mineros, productores minero artesanales y población en general; Que, la modifi cación solicitada se fundamenta en la supresión del procedimiento N° 15: “Desglose de cartel o resolución notifi cada y devuelta por Ofi cina de Correos”, el mismo que como resultado de la mejora de procedimientos de atención será administrado como un servicio no exclusivo de la Entidad; Que, así mismo del informe sustentatorio se desprende que, la Dirección Regional de Energía y Minas, oferta servicios no exclusivos, los que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 37 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego deben fi jar los requisitos y costos correspondientes a los mismos y ser difundidos para que sean de público conocimiento; Que, en el Artículo 38°, numeral 38.1 de la Ley del Procedimientos Administrativo General, se dispone que “El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo”, así mismo, en el numeral 38.5 del mismo artículo, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de Gobierno respectivo; Estando a lo informado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática y contando con las visas correspondientes; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867; sus leyes modifi catorias; la Ley N° 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General- y demás normas complementarias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Ancash, en el sentido de suprimir el Procedimiento N° 15 “Desglose de cartel o resolución notifi cada y devuelta por Ofi cina de Correos”, de la Dirección Regional de Energía y Minas, subsistiendo en lo demás cuarenta y nueve (49) procedimientos administrativos y un (1) Formato Único de Trámite (FUT), aprobados mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 52-2012-REGION ANCASH/PRE. Articulo Segundo.- Aprobar el Anexo de Bienes y Servicios No Exclusivos objetos de Comercialización de la Dirección Regional de Energía y Minas, conteniendo trece (13) servicios, el mismo que debe ser difundido para que sean de público conocimiento. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Regional de Administración, la publicación de la presente resolución en el diario encargado de los avisos judiciales, en cumplimiento de las disposiciones vigentes. Articulo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional, así como en el portal de servicios al ciudadano y empresas - PSCE, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Regístrese, comuníquese y archívese. CÉSAR J. ALVAREZ AGUILAR Gobierno Regional de Ancash Presidente 906613-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan implementación de paraderos de transporte regular en la Av. Mariscal Ramón Castilla y la Av. Los Tallanes RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 1194-2013-MML/GTU-SRT Lima, 18 de febrero de 2013 VISTOS: El Documento Simple N° 38490-2012 de fecha 27 de febrero de 2012, el Documento Simple N° 248261-2012 de fecha 18 de diciembre de 2012, y el Informe N° 030-2013- MML/GTU-SETT de fecha 15 de enero de 2013 emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, respecto a la implementación de Paraderos de Transporte Público en la Av. Mariscal Ramón Castilla y la Av. Los Tallanes en el distrito de Santiago de Surco; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acápite 7.1 del inciso 7 del artículo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de