Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2013 (04/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, lunes 4 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490099

Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA goza de un regimen especial, de conformidad al Articulo 198º de la Constitucion, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra "7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico"; Que. la Ordenanza N° 341-MML, en su articulo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, mantenimiento, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima; Que, el articulo 100° de la Ordenanza N° 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte, MORDAZA y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del articulo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que:"Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulacion de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte publico regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ambito de la provincia de Lima"; Que, mediante el numeral 31 del articulo 5A de la Ordenanza Nº 1338-MML define al Paradero de Transporte Regular como "el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o senalizacion, localizado en las vias que forman parte del recorrido autorizado de una determinada ruta, utilizado para el embarque y desembarque de pasajeros"; Que, mediante los documentos simples de la referencia, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA a solicitud de los residentes del predio adyacente a la Av. Mariscal MORDAZA MORDAZA requiere la Implementacion de Paraderos de Transporte Publico en todo el eje de la Av. Mariscal MORDAZA MORDAZA comprendido en el tramo de la Republica de Panama y la Av. MORDAZA en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, asimismo adjunta una propuesta de ubicacion de paraderos en la Av. Mariscal MORDAZA MORDAZA emitida por la Subgerencia de MORDAZA y Seguridad Vial de dicho municipio; Que, mediante el Informe N° 030-2013-MML/GTUSETT de fecha 15 de enero de 2013, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte considera conveniente la implementacion de paraderos de transporte publico por los siguientes fundamentos: a) Que, de acuerdo a la Ordenanza N° 341 ­MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, senala que la Av. Mariscal MORDAZA MORDAZA (C-217) y la Av. Los Tallanes (C-207) tienen la categoria de Vias Colectoras, b) Que, de acuerdo al Sistema Integrado de Transporte MORDAZA ­ SITU, la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente tiene autorizadas rutas por las vias en evaluacion, c) Que, de acuerdo a la Resolucion Directoral Municipal N° 180-2004-MML/DMTU se determinaron las distancias entre paraderos de transporte (Distancia minima 250 m., distancia ideal 300 m. y distancia MORDAZA 500 m.), encontrandose estas distancias dentro del rango establecido para paraderos de zonas urbanas (Entre 300 m. y 500 m.) por el Manual de Planeacion y Diseno para la Administracion del MORDAZA, y d) Que, de acuerdo a la verificacion de MORDAZA realizada en las vias evaluadas, se procedio a ubicar los puntos con mayor demanda de embarque y desembarque de pasajeros, determinandose de manera inicial las posibles ubicaciones de paraderos considerando los parametros de distancia, condiciones operativas e infraestructura, siendo que algunas de las ubicaciones de los paraderos propuestos por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA en la Av. Mariscal MORDAZA y en la Av. Los Tallanes, se encuentran distribuidos a una distancia que superan los 500 m con respecto a los parametros adecuados de distancia entre paraderos por lo que seria favorable agregar 04 paraderos adicionales en dichas vias; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con

los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27181 - Ley General Transporte y MORDAZA Terrestre, la Ordenanza N° 1338-MML y el Informe N° 030-2013MML/GTU-SETT de fecha 15 de enero de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la implementacion de paraderos de transporte regular en la Av. Mariscal MORDAZA MORDAZA (Tramo: Av. Republica de Panama ­ Av. Paseo de la Castellana) y la Av. Los Tallanes (Tramo: Av. Paseo de la Castellana ­ Av. Ayacucho), tal y como se detalla a continuacion:
SENTIDO EJE UBICACION AC AV. MARISCAL MORDAZA MORDAZA ( Av. Republica de Panama-Av. Paseo de la Republica) Jr. MORDAZA Gamero de Planas Jr. MORDAZA MORDAZA Mindreau MORDAZA 7 Ca. MORDAZA Holzmann Av. La MORDAZA Ca. MORDAZA MORDAZA Ca. El Vinedo Av. Paseo de la Castellana 1 1 1 1 1 1 1 1 1 E-O DC AC O-E DC

LEYENDA MORDAZA del cruce Despues del cruce AC DC

SENTIDO EJE AV. LOS TALLANES ( Av. Paseo de la Castellana ­ Av. MORDAZA ) UBICACION AC Av. Paseo de la Castellana Av. Los Vicus Jr. Los Seibos Jr. los Faiques 1 1 1 1 E-O DC AC O-E DC

LEYENDA MORDAZA del cruce Despues del cruce AC DC

Articulo 2°.- Los Paraderos Autorizados seran de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 3°.- Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, en cada una de las vias senaladas en la presente resolucion. Articulo 4°.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.