Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2013 (08/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de marzo de 2013

Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, que se llevara a cabo el dia MORDAZA 17 de Marzo de 2013. Para dicho efecto, los empleadores de los sectores publico y privado deberan adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en la presente MORDAZA, disponiendo ademas la forma para la compensacion del dia dejado de laborar. Articulo 2º.- Certificado de Participacion El dia de la Consulta Popular MORDAZA mencionada, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE otorgara a cada miembro de mesa, un Certificado de Participacion por haber cumplido con su deber civico, el cual debera ser presentado a su empleador al momento de reintegrarse a sus labores, para gozar del beneficio senalado en el articulo precedente. Articulo 3º.- Tolerancia en la jornada de trabajo Los trabajadores de los sectores privado y publico que no encontrandose en los supuestos del articulo 3° del presente Decreto Supremo, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el dia de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, del dia MORDAZA 17 de Marzo de 2013, tienen derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho a voto. Las personas que actuen como miembros de mesa en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, a realizarse el 17 de marzo del presente ano, y cuyas jornadas de trabajo coincidan con dicha fecha, estan facultadas para no asistir a sus centros de labores, sin perjuicio de lo regulado en el articulo del 3° del presente Decreto Supremo. Los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades publicas dispondran la forma de recuperacion y/o compensacion de las horas dejadas de laborar, segun corresponda. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, y la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 909338-1

publico y privado sobre tal problematica, y analizar las alternativas viables de solucion; Que, el articulo 8 de la precitada Resolucion Ministerial dispone que el plazo de vigencia de la Mesa de Dialogo Multisectorial sea de noventa (90) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la referida MORDAZA, el mismo que vencio el 01 de marzo de 2013; Que, con el Oficio N° 279-2013-AG-DVM-DGAAADERN-130495-2012 de la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura, se solicito la prorroga de la vigencia de la Mesa de Dialogo Multisectorial del distrito de Jangas, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, hasta el mes de setiembre del presente ano, para lo cual adjunta MORDAZA del Acta de la MORDAZA Reunion de Trabajo; Que, habiendo vencido el plazo concedido, y a fin de cumplir con lo dispuesto en la Resolucion Ministerial N° 266-2012-PCM, logrando resultados concretos, corresponde modificar el articulo 8 de la citada resolucion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 0632007-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el articulo 8 de la Resolucion Ministerial N° 266-2012-PCM Modificase el articulo 8 de la Resolucion Ministerial Nº 266-2012-PCM, quedando redactado de la siguiente manera: "La Mesa de Dialogo Multisectorial tendra vigencia hasta el 30 de setiembre de 2013". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 908991-1

Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la separacion de la Municipalidad Distrital de Miraflores de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro"
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 015-2013-PCM/SD MORDAZA, 26 de febrero de 2013 VISTOS: El Oficio Nº 057-2013-SG/MM, la Ordenanza Municipal N° 398/MM de la Municipalidad Distrital de Miraflores y el Informe Nº 007-2013­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 14°, numeral 14.1, del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separacion de una municipalidad de una mancomunidad municipal;

Modifican la R.M. Nº 266-2012-PCM, mediante la cual se formalizo la conformacion de la Mesa de Dialogo Multisectorial del distrito de Jangas, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 060-2013-PCM MORDAZA, 5 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 2662012-PCM, se formalizo la conformacion de la Mesa de Dialogo Multisectorial del distrito de Jangas, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, entre la Sociedad Civil, el Estado y representantes de la empresa minera que realiza labores en el distrito para abordar la problematica hidrica, ambiental y propuestas de desarrollo, con el objeto de promover el MORDAZA de dialogo entre los diversos agentes de los sectores

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