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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de marzo de 2013 490334 Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, que se llevará a cabo el día domingo 17 de Marzo de 2013. Para dicho efecto, los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en la presente norma, disponiendo además la forma para la compensación del día dejado de laborar. Artículo 2º.- Certifi cado de Participación El día de la Consulta Popular antes mencionada, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE otorgará a cada miembro de mesa, un Certifi cado de Participación por haber cumplido con su deber cívico, el cual deberá ser presentado a su empleador al momento de reintegrarse a sus labores, para gozar del benefi cio señalado en el artículo precedente. Artículo 3º.- Tolerancia en la jornada de trabajo Los trabajadores de los sectores privado y público que no encontrándose en los supuestos del artículo 3° del presente Decreto Supremo, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, del día domingo 17 de Marzo de 2013, tienen derecho a períodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho a voto. Las personas que actúen como miembros de mesa en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, a realizarse el 17 de marzo del presente año, y cuyas jornadas de trabajo coincidan con dicha fecha, están facultadas para no asistir a sus centros de labores, sin perjuicio de lo regulado en el artículo del 3° del presente Decreto Supremo. Los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades públicas dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar, según corresponda. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de marzo del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 909338-1 Modifican la R.M. Nº 266-2012-PCM, mediante la cual se formalizó la conformación de la Mesa de Diálogo Multisectorial del distrito de Jangas, provincia de Huaraz, departamento de Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 060-2013-PCM Lima, 5 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 266- 2012-PCM, se formalizó la conformación de la Mesa de Diálogo Multisectorial del distrito de Jangas, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, entre la Sociedad Civil, el Estado y representantes de la empresa minera que realiza labores en el distrito para abordar la problemática hídrica, ambiental y propuestas de desarrollo, con el objeto de promover el proceso de diálogo entre los diversos agentes de los sectores público y privado sobre tal problemática, y analizar las alternativas viables de solución; Que, el artículo 8 de la precitada Resolución Ministerial dispone que el plazo de vigencia de la Mesa de Diálogo Multisectorial sea de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la publicación de la referida norma, el mismo que venció el 01 de marzo de 2013; Que, con el Ofi cio N° 279-2013-AG-DVM-DGAAA- DERN-130495-2012 de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura, se solicitó la prórroga de la vigencia de la Mesa de Diálogo Multisectorial del distrito de Jangas, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, hasta el mes de setiembre del presente año, para lo cual adjunta copia del Acta de la Segunda Reunión de Trabajo; Que, habiendo vencido el plazo concedido, y a fi n de cumplir con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 266-2012-PCM, logrando resultados concretos, corresponde modifi car el artículo 8 de la citada resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063- 2007-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 266-2012-PCM Modifícase el artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 266-2012-PCM, quedando redactado de la siguiente manera: “La Mesa de Diálogo Multisectorial tendrá vigencia hasta el 30 de setiembre de 2013”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 908991-1 Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Miraflores de la “Mancomunidad Municipal Lima Centro” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 015-2013-PCM/SD Lima, 26 de febrero de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº 057-2013-SG/MM, la Ordenanza Municipal N° 398/MM de la Municipalidad Distrital de Mirafl ores y el Informe Nº 007-2013–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 14°, numeral 14.1, del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación de una municipalidad de una mancomunidad municipal;