Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2013 (08/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de marzo de 2013

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Prorrogan plazo para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular del ejercicio 2013
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2013
Callao, 28 de febrero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organizacion Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ha aprobado la siguiente:

VISTO; En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 13 de Febrero del 2013, en la Estacion Orden del Dia, la propuesta de Ordenanza que Declara MORDAZA Intangible y de Alto Riesgo los Terrenos ubicados en el Talud Inferior y Superior del Balneario de Barranca y las Laderas del Rio en el Distrito y Provincia de Barranca; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ "Ley Organica de Municipalidades". Que, las Ordenanzas Municipales Provinciales, en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa tal y como se recoge en el numeral 3) y 8) del articulo 9º y art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el Informe Nº 04-2013-ITSDC-SGDC-MPB de la Sub Gerencia de Defensa Civil, senala sobre los terrenos que se encuentran ubicados en las laderas de los Balnearios de Barranca, conforme a los detalles precisados en su Informe. Asimismo, dentro de su estudio realizado concluye que dichos terrenos se encuentran ubicados en una MORDAZA de un nivel de riesgo alto, debido a los peligros de deslizamiento superficiales, erosion de suelos, humedecimientos, desprendimiento de bloques de material, derrumbes y otros fenomenos recurrentes existentes que podrian colapsar por la fuerza de la gravedad y movimiento sismico, recomendandose la elaboracion de una ordenanza que regule sobre las conclusiones arribadas, el cual estara a cargo de las areas pertinentes. Que, el Informe Nº 0044-2013-RZG/SGCPT-MPB emitido por la Sub Gerencia de Catastro y Planeamiento Territorial precisa los pormenores tecnico, concluyendo que procede solicitar al pleno la emision de la Ordenanza Municipal que declare la intangibilidad e inalienabilidad de los diversos terrenos y taludes inferiores de la carretera hacia el balneario de Barranca, calificada como MORDAZA de proteccion, recreacion y tratamiento paisajistico en el distrito de Barranca, conforme al plan de desarrollo MORDAZA de la Provincia de Barranca. Que, la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion de Riesgos de Desastres (SINAGERD), ha precisado en su Art. 4º los principios generales que rigen la gestion de riesgo de desastres y entre ellos, el MORDAZA protector, establece que "la persona humana es el fin supremo de la gestion de riesgo de desastre, por lo cual debe protegerse su MORDAZA e integridad fisica, su estructura productiva, sus bienes y su medio ambiente frente a posibles desastres o eventos peligros que puedan ocurrir". Que, el mismo cuerpo normativo senala en su Art. 14º inc. 14.1 que "Los Gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes formulan y aprueban normas y planes que evaluan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de gestion de riesgo de desastres en el ambito de su competencia en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gestion de Riesgo de Desastre y los lineamiento del ente rector, en concordancia con lo establecido en la presente ley y su reglamento"; asimismo el inc. 14.4 precisa que "Los gobiernos regionales y locales aseguran la adecuada armonizacion de los procesos de ordenamiento del territorio y su articulacion con la politica nacional de gestion de riesgo y de desastre y sus procesos". Que, la Ordenanza Municipal Nº 032-2008-AL/CPB ha reglamentado el Plan de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Barranca, en la cual se ha senalado dichas zonas como ZRT (Zona Recreacional Turistico), y el cual tienen un tratamiento especial. Que, la Ley Organica de Municipalidades, en su Art. 73 inc. d) senala que es funcion especifica de la Municipalidad emitir normas tecnicas generales en materia de uso del suelo y espacio, asi como sobre la proteccion y conservacion del medio ambiente. Que, nuestra Constitucion Politica del Peru, en su Art. 68º ha senalado que el Estado debe promover la conservacion de la diversidad biologica, el medio ambiente y de las demas

ORDENANZA MUNICIPAL QUE PRORROGA LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PRIMER TRIMESTRE PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO VEHICULAR DEL EJERCICIO 2013 Articulo Unico. Prorrogase el plazo de vencimiento para el pago del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular del ejercicio 2013, al contado y de la primera cuota, hasta el 30 de marzo de 2013. DISPOSICIONES FINALES
Primera. Del Cumplimiento y de la Difusion de la presente Ordenanza Encargase a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia General de Relaciones Publicas y Gerencia de Informatica, la divulgacion y difusion de sus alcances. Segunda. Facultades Reglamentarias Facultase al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Tercera. Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

908370-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban Ordenanza que declara MORDAZA intangible y de alto riesgo los terrenos ubicados en el talud inferior y superior del balneario de Barranca y las laderas del rio en el distrito y provincia de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2013-AL/CPB
EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA

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