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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de marzo de 2013 490412 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 16984-2010, del 9 de diciembre de 2010, se designó a los señores Jorge Eduardo Pinto Rivero y Jorge Luis Cortez Carrillo para que en representación del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, realicen todos los actos necesario para llevar adelante el proceso de liquidación del Banco Latino en Liquidación; Que, mediante Resolución SBS Nº 9638-2011 del 7 de setiembre de 2011 se designó al señor Roberto Olivares Sulca como reemplazante de cualquiera de los representantes del Banco Latino en Liquidación, señores Jorge Eduardo Pinto Rivero y Jorge Luis Cortez Carrillo, ante la ausencia justifi cada de uno de ellos; Que, el señor Jorge Eduardo Pinto Rivero ha concluido su vínculo laboral con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, por lo que corresponde se deje sin efecto su designación como representante de esta Superintendencia en la liquidación del Banco Latino en Liquidación; Contando con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Administración General y de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, y; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 1303-2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Con efectividad al 1 de marzo de 2013, dejar sin efecto la designación del señor Jorge Eduardo Pinto Rivero, identifi cado con D.N.I. Nº 25662794, como representante del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en la liquidación del Banco Latino en Liquidación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 908714-1 Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de oficina especial ubicada en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1535-2013 Lima, 28 de febrero de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Perú S.A. para que se le autorice la apertura de una ofi cina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad encomendada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009, así como en la Resolución SBS Nº 281-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella Perú S.A., la apertura de una ofi cina especial ubicada en la avenida Mariscal Benavides s/n, Lote Las Palmas, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca (e) 908329-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Actualización de la Zonificación de los Usos del Suelo e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el distrito de La Molina ORDENANZA N° 1661 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de febrero del 2013 el Dictamen Nº 023-2013-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA ACTUALIZACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO E ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS PARA EL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo Primero.- Aprobar la Actualización de la Zonifi cación de los Usos del Suelo (Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) del Distrito de La Molina, que forma parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y III de Lima Metropolitana recogiendo la propuesta presentada por la Municipalidad Distrital, aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 101- 2012-MDLM, así como las orientaciones, planteamientos y precisiones formuladas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Este Plano de Zonifi cación no defi ne límites distritales y será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la Municipalidad Distrital de La Molina. Artículo Segundo.- Aprobar la incorporación de Especifi caciones Normativas de la Zonifi cación de los Usos del Suelo para el distrito de La Molina, complementarias a las aprobadas en el Anexo N° 03 de la Ordenanza N° 1144-MML del 18 de mayo del 2008, que como Anexo Nº 02 forman parte integrante de la presente Ordenanza, las mismas que serán de aplicación para el Área de Tratamiento Normativo III del distrito de La Molina y estarán publicadas en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la Municipalidad Distrital de La Molina. Artículo Tercero.- Aprobar la modifi cación al Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para la Municipalidad Distrital de La Molina, que como Anexo Nº 03 forma parte integrante de la presente Ordenanza, el que será de aplicación para el Área de Tratamiento Normativo III del distrito de La Molina, y será publicado en