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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de marzo de 2013 490413 la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de Municipalidad Distrital de La Molina. Artículo Cuarto.- Declarar desfavorables las peticiones de cambio de zonifi cación del Distrito de La Molina, que a continuación se indican, por cuanto no ameritan modifi car la califi cación vigente de los sectores en los cuales se ubican: N° EXP. N° SOLICITANTE 1 171902-2011 Nury Jesús Yangua Rocha 2 876312-2012 Agronegocios Génesis S.A.C. 3 74665-2012 Rafaela Celia G. Vasquez Vda. de Pasco 4 11949-2012 He Bing Jian y Dong Caixian 5 48574-2008 Universidad de San Martín de Porres 6 130229-2011 Universidad Peruana Cayetano Heredia 7 167515-2011 Inversiones Mirador del Valle 8 5708-2012 Poder Judicial 9 78428-2012 Inversiones San Vicente S.A.C. 10 122309-2010 Bios Perú S.A.C. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los predios indicados en el Artículo Cuarto lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Deróguese toda norma y disposición que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 26 de febrero de 2013 SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 908766-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban el Plan Operativo Informático 2013 de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 147-2013-A/MDC Carabayllo, 28 febrero del 2013 VISTO: El Informe Nº 0060-2013/SGI/GM/MDC de fecha 28 de febrero del 2013, emitido por la Sub Gerencia de Informática, mediante el cual presenta el Proyecto del Plan Operativo Informático 2013, para su aprobación; CONSIDERANDO: Que, el Plan Operativo Informático - POI, constituye un instrumento de gestión de corto plazo, que permite defi nir los proyectos y actividades Informáticas de las entidades de la Administración Pública integrantes del Sistema Nacional de Informática; Que, el Decreto Legislativo Nº 604 crea el Sistema Nacional de Informática (SNI) y establece que los órganos de informática de las municipalidades son miembros del Sistema Nacional de Informática; asimismo, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, señala en sus artículos 49º y 50º, que la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros es el ente rector del Sistema Nacional de Informática, para lo cual emite las directivas o lineamientos que permitan la aplicación de dicho Sistema; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 19-2011- PCM, publicada el 14 de enero del 2011, en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprueba la “Formulación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la Administración Pública” y su guía de elaboración; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto bueno de Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Informático 2013 de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, conforme al Anexo que en folios diecisiete (17) forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Informática el cumplimiento del Plan Operativo Informático 2013 y su posterior evaluación. Asimismo, el Registro del Plan Operativo Informático 2013, en la página Web del Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe/poi. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 908919-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Aprueban incentivos por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios 2013, calendario de pagos y sorteos públicos tributarios, así como fijan tope en el incremento de arbitrios municipales para el ejercicio 2013 ORDENANZA Nº 279-2013-MDI Independencia, 31 de enero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 019-2013-SGAT/GR/MDI de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 052-2013-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, y con los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas y estableciendo que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al Artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, asimismo en su Art. 41º sobre Condonación, precisa que excepcionalmente, los gobiernos podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF en su Artículo 69º precisa que la determinación por servicios públicos o Arbitrios debe sujetarse a los