Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2013 (10/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490537

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, la citada representante debera presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4°.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la representante cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese.

cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 030-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo N° 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 909478-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesiones temporales a favor de Enel Green Power Peru S.A. para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 078-2013-MEM/DM MORDAZA, 1 de marzo 2013 VISTO: El Expediente N° 27326412 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Lachay, presentado por ENEL GREEN POWER PERU S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12657310 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ENEL GREEN POWER PERU S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2252686 de fecha 11 de diciembre de 2012, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Lachay, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito de MORDAZA, provincia de Huaura y departamentos de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha

Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de ENEL GREEN POWER PERU S.A., que se identificara con el codigo N° 27326412, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Lachay, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizaran en el distrito de MORDAZA, provincia de Huaura y departamentos de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 ESTE 235 008 234 353 233 529 229 229 225 979 225 979 228 729 232 229 234 008 234 008 235 008 NORTE 8 739 640 8 739 376 8 738 500 8 741 367 8 743 067 8 747 967 8 748 867 8 743 367 8 741 841 8 739 997 8 739 997

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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