Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2013 (10/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490553

Que, ademas el articulo 45 de la MORDAZA referida Ley Organica de Gobiernos Regionales establece: "(...) Los Gobiernos Regionales definen, MORDAZA, dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales", en tanto que el articulo 62 prescribe: "Funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado: a. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, de conformidad con la legislacion vigente y el sistema de bienes nacionales. b. Realizar los actos de inmatriculacion saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, (...). c. Establecer los mecanismos aplicables al registro, inscripcion y fiscalizacion de los bienes de propiedad estatal (...)". Ademas, el articulo 58 establece como funciones en materia de vivienda y saneamiento: "a. Formular, aprobar y evaluar los planes y politicas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales, y de conformidad con las politicas nacionales y planes sectoriales". Que, con Decreto Supremo Nº 005-2006-VIVIENDA se aprobo el "Plan Nacional de Vivienda - Vivienda para Todos: Lineamientos de Politica 2006 - 2015" contempla como mision: "2.2 MISION. Mejorar las condiciones de MORDAZA y las oportunidades de desarrollo de la poblacion nacional, MORDAZA y rural, mediante: La consolidacion del sector vivienda (...)"; estableciendo asimismo como objetivos generales: "2.3.1 Objetivos Generales: a. Consolidar la reduccion del deficit habitacional (...)". Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2011-CR/GOB. REG.TACNA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de noviembre del 2011, en su articulo 10 senala: "Son atribuciones del Consejo Regional de Tacna, (...): 10.1 Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) 10.9 Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional". Que, Tacna es una de las regiones de mayor crecimiento poblacional en el Peru; por lo que, en los ultimos anos viene sufriendo un deficit de nuevas viviendas que sirvan para satisfacer esta necesidad basica, debido a que los programas de vivienda del Gobierno Nacional no han logrado satisfacer significativamente dicha carencia, especialmente en los sectores mas vulnerables de nuestra region; por lo que, se requiere la participacion activa del Gobierno Regional de Tacna en la solucion de dicho problema, declarando como Politica Publica Regional un adecuado Programa Regional de Vivienda acorde con nuestra realidad a fin de promover la adquisicion y el acceso formal a la propiedad de lotes de terrenos para vivienda. Que, dicho Programa Regional de Vivienda sera implementado a traves de diversos proyectos que puedan atender los requerimientos habitacionales de la poblacion principalmente de los sectores menos favorecidos de la Region, ello mediante la adjudicacion de lotes urbanos saneados fisica y legalmente, para cuyo efecto el Organo Ejecutivo Regional se encargara de la identificacion de los terrenos aptos para dicha finalidad y de llevar adelante un MORDAZA de seleccion que culmine con la transferencia de la propiedad a favor de los postulantes seleccionados (beneficiarios) a fin de que estos puedan acceder a diferentes programas o proyectos para la edificacion de sus viviendas promovidos por el Estado o particulares. Que, mediante Decreto Regional Nº 002-2011-P.R./ GOB.REG. TACNA del 27 de Junio del 2011 emitido por Presidencia Regional se aprobo el "PROGRAMA DE VIVIENDA TACNA", como un plan integral de vivienda dirigido a la poblacion de la Region Tacna y posteriormente a traves de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 318-2011PR/GOB.REG.TACNA del 12 de agosto del 2011, emitida tambien por Presidencia Regional, se aprobo el Plan de Trabajo de Implementacion, Reglamento y Cronograma del referido programa de vivienda; para posteriormente emitirse el Decreto Regional Nº 005-2012-P.R./GOB. REG. TACNA de fecha 11 de MORDAZA del 2012 que resolvio Adecuar el "Programa de Vivienda Tacna" aprobado mediante Decreto Regional Nº 002-2011-P.R./GOB.REG. TACNA al MORDAZA normativo establecido en la Ordenanza

Regional Nº 003-2004-CR/GOB.REG.TACNA publicada el 21 de MORDAZA del 2004, modificada por la Ordenanza Regional Nº 014-2004-CR/GOB.REG.TACNA, publicada el 24 de agosto de 2004, que "Declaro de interes publico y de utilidad regional la ejecucion del Programa de Vivienda denominado "VIVIENDA REGIONAL". Que, el "Programa de Vivienda Tacna", aprobado con Decreto Regional Nº 002-2011-P.R./GOB.REG. TACNA, a pesar de no haber sido concebido ni llevado a cabo adecuadamente, involucrando a un grupo de personas necesitadas de vivienda que inclusive pasaron por un MORDAZA de calificacion previa y a las cuales se les considero como beneficiarios de dicho programa; por lo que, tales personas no deben verse perjudicadas por los errores incurridos a nivel del Organo Ejecutivo Regional, debiendo ser incluidas dentro de los alcances de la presente ordenanza regional, mas aun si se tiene en cuenta que mediante Ordenanza Regional Nº 004-2012CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 20 de febrero del 2013 y vigente a partir del 21 del mismo mes y ano, se ha derogado la Ordenanza Regional Nº 003-2004-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 03 de MORDAZA del 2004 y su modificatoria la Ordenanza Regional Nº 014-2004-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 01 de agosto del 2004 asi como el Decreto Regional Nº 005-2012P.R./GOB.REG. TACNA de fecha 11 de MORDAZA del 2012 que adecuaba el MORDAZA referido "Programa de Vivienda Tacna" aprobado por Decreto Regional Nº 002-2011-P.R./ GOB.REG.TACNA al MORDAZA normativo de tambien citada Ordenanza Nº 003-2004-CR/GOR.REG.TACNA. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2012-CR/ GOB.REG.TACNA del 21 de febrero del 2013 se dispuso en su articulo segundo: "ENCARGAR a la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna efectue el estudio correspondiente y emita opinion sobre la posibilidad de aprobar y regular un PROGRAMA REGIONAL DE VIVIENDA conforme a las disposiciones legales vigentes, concediendole para dicho efecto el plazo de treinta (30) dias habiles"; por lo que, en merito a lo establecido en la MORDAZA indicada ordenanza regional y luego de analizar y debatir el tema, la referida comision emitio el Dictamen Nº 004-2012-CR-COPAT, sobre: "DECLARAR COMO POLITICA PUBLICA REGIONAL DE VIVIENDA DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA EL PROGRAMA REGIONAL DE VIVIENDA DENOMINADO: VIVIENDA MORDAZA PARA TACNA, DESTINADO A LA ADQUISICION DE TERRENOS PARA VIVIENDA", el cual fue puesto a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 25 de febrero del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero: Declaracion de Politica Publica Regional DECLARAR como Politica Publica Regional de Vivienda del Gobierno Regional de Tacna, en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales, el Programa Regional de Vivienda denominado: "VIVIENDA MORDAZA PARA TACNA" con el fin de promover la adquisicion y el acceso formal a la propiedad de lotes de terrenos para vivienda en favor prioritariamente de los sectores mas vulnerables de la poblacion que no tienen acceso a una vivienda digna. Articulo Segundo: MORDAZA legal del Programa El Programa Regional de Vivienda se desarrollara y ejecutara dentro del MORDAZA legal nacional, lo establecido en la presente ordenanza regional y en su reglamento. Articulo Tercero: Ambito de Aplicacion. El Programa Regional de Vivienda se desarrollara en toda la Region Tacna, en terrenos de propiedad del Gobierno Regional de Tacna y/o en terrenos del Estado administrados por el Gobierno Regional de Tacna que posteriormente MORDAZA transferidos a este ultimo para tal fin.

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