Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2013 (10/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490545

Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa REVISIONES TECNICAS DEL PERU S.A.C., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondientes. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Setimo.- La empresa REVISIONES TECNICAS DEL PERU S.A.C., debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos: Documentos Fecha MORDAZA de MORDAZA

Visto, el Expediente Nº 021-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 155 044,81 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado de Palpa y al Norte de MORDAZA San MORDAZA, distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 155 044,81 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado de Palpa y al Norte de MORDAZA San MORDAZA, distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 12 de diciembre de 2012, se observo que el predio es de naturaleza eriaza con topografia variable y ligeramente plana, asimismo se encontro parcialmente ocupado por terceros con viviendas precarias, por trochas carrozables, por zonas con excavaciones, movimientos de tierras y relleno sanitario y el resto del area se encontraba desocupado; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral NºIX ­ Sede Huaral, emitio el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 10 de enero de 2013, el mismo que senalo que visto el Informe Tecnico Nº 03582013-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, emitido por la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº IX - MORDAZA, se determino que el predio en consulta se ubica en zonas donde en la base grafica de la oficina de catastro, la cual se encuentra en MORDAZA de elaboracion y actualizacion de predios inscritos, a la fecha, no se han identificado anotaciones registrales; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN; por lo que, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 155 044,81 m², de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la SBN, asi como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 012 -2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de febrero de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 155 044,81 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado de Palpa y al Norte de MORDAZA San MORDAZA, distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion.

Documentos que sustenten la propiedad Noventa (90) dias y/o condicion de arrendatario financiero calendario de otorgada la del equipamiento requerido por el articulo autorizacion. 34. Planos de ubicacion y de distribucion del Treinta (30) dias local del Centro de Inspeccion Tecnica Ve- calendario de otorgada la hicular- CITV con su respectiva memoria autorizacion. descriptiva. Noventa (90) dias Licencia de funcionamiento y certificado de compatibilidad de uso emitido calendario de otorgada la autorizacion. por la municipalidad correspondiente. Relacion del equipamiento requerido por Noventa (90) dias el articulo 34 del Reglamento. calendario de otorgada la autorizacion. Presenta declaracion jurada suscrita Noventa (90) dias por su representante legal ofreciendo calendario de otorgada la adjuntar los documentos que sustenten la autorizacion. propiedad y/o condicion de arrendatario financiero sobre los mismos en un plazo de noventa (90) dias calendario de otorgada la autorizacion. En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentacion senalada se procedera de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Dsiario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa REVISIONES TECNICAS DEL PERU S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Articulo Noveno.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral N° 115-2013-MTC/15 de fecha 08 de enero del ano 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 908885-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 025-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 05 de marzo de 2013

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