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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de marzo de 2013 490538 y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 908252-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2013-MEM/DM Lima, 1 de marzo de 2013 VISTO: El Expediente N° 27327212 sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque San Pedro, presentado por ENEL GREEN POWER PERÚ S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12657310 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ENEL GREEN POWER PERÚ S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2249839 de fecha 04 de diciembre de 2012, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque San Pedro, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito de Vice, provincia de Sechura y departamentos de Piura, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 031-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de ENEL GREEN POWER PERÚ S.A., que se identifi cará con el código N° 27327212, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque San Pedro, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizarán en el distrito de Vice, provincia de Sechura y departamentos de Piura, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 504 802 9 407 904 2 508 107 9 410 716 3 510 258 9 405 362 4 507 626 9 403 256 5 506 412 9 404 543 6 507 008 9 404 994 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 908252-2 Autorizan viaje a Chile de funcionarios del Ministerio y consultor, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 086-2013-MEM/DM Lima, 8 de marzo de 2013 Visto, las Notas N° 020 y Nº 021-2013-MEM/VMM del Despacho del Vice Ministerio de Minas, mediante la cual, se designa y solicita autorización de viaje para funcionarios del Ministerio de Energía y Minas que forman parte de la comitiva que va a participar de la V Reunión Binacional de Minería del Grupo Binacional de Trabajo Perú - Chile; CONSIDERANDO: Que, el 24 de enero de 2013, los Ministros de Relaciones Exteriores de Chile y del Perú, sostuvieron una reunión de trabajo, oportunidad en la que se destacaron el buen nivel de la relación bilateral y examinaron diversas materias de interés común para ambos países; Que, en el punto 9 de la Declaración, los Ministros respaldaron las conversaciones que desarrollan el Ministerio de Minería de Chile y el Ministerio de Energía y Minas del Perú para avanzar en el intercambio de experiencias, por lo que, se acordó la realización de la V Reunión Binacional de Minería, que tendrá lugar en la ciudad de Antofagasta los días 14 y 15 de marzo de 2013; Que, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, aprobada por Decreto Ley Nº 25962, pertenece al ámbito del Sector Energía y Minas todo lo vinculado a los recursos energéticos y mineros del país, así como todas las actividades destinadas al aprovechamiento de tales recursos, mientras que el literal a) del artículo 6 de la misma norma, establece entre las funciones del Ministerio de Energía y Minas, la promoción de la inversión en el sector energía y minas; Que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007- EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por fi nalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero energéticas; Que, de acuerdo al artículo 10 numeral 1) de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo determinados casos que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, como el supuesto del inciso a), referido a los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, estando comprendido el evento internacional que genera la presente Resolución Ministerial;