Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2013 (10/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de marzo de 2013

Articulo Cuarto: Comision Especial del Programa Regional de Vivienda. La promocion e implementacion del programa de vivienda estara a cargo de una Comision Especial, integrada por representantes de: 4.1. La Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna. 4.2. La Oficina Ejecutiva de Administracion de Bienes Inmuebles (OEABI) del Gobierno Regional de Tacna 4.3. La Direccion Regional Sectorial de Vivienda, Construccion y Saneamiento de Tacna. Articulo Quinto: Ejecucion de Proyectos La implementacion del Programa Regional de Vivienda se efectuara mediante la ejecucion de proyectos especificos sobre terrenos que se consideren aptos para dicho programa, de conformidad con las normas vigentes sobre vialidad, equipamiento, factibilidad de servicios basicos, compatibilidad de uso, seguridad sismica y demas normas nacionales y/o regionales que resulten pertinentes. Dichos proyectos deberan tener fechas de inicio y culminacion. Se considera culminado el proyecto con la adjudicacion definitiva de los lotes de terrenos en favor de los beneficiarios y su respectiva inscripcion en registros publicos. Articulo Sexto: Etapas del Programa Dentro del MORDAZA de formulacion y ejecucion de los proyectos especificos del Programa Regional de Vivienda se debera considerar principalmente las etapas siguientes: 6.1. Identificacion del Terreno. 6.2. Diagnostico y Saneamiento Fisico-Legal de los Terrenos. 6.3. Declaracion de Terrenos Aptos. 6.4. Elaboracion del Proyecto de Habilitacion Urbana. 6.5. Convocatoria a los Postulantes 6.6. MORDAZA de Seleccion de Postulantes. 6.7. Entrega de Actas de Adjudicacion Provisional a los Beneficiarios. 6.8. Independizacion de Lotes. 6.9. Aprobacion de la transferencia por el Consejo Regional. 6.10. Otorgamiento del Titulo de Propiedad. 6.11. Inscripcion en Registros Publicos. Articulo Setimo: Beneficiarios del Programa Los beneficiarios del Programa Regional de Vivienda podran ser las personas naturales, sociedades conyugales o uniones de hecho que cumplan con los requisitos establecidos en la presente ordenanza y el respectivo reglamento. Cuando se trate de sociedades conyugales o de uniones de hecho, con o sin hijos, solo podra adjudicarse un lote de terreno a cada familia. En el reglamento de la presente ordenanza regional, deberan establecerse mecanismos que tengan por finalidad otorgar condiciones especiales en cada proyecto, que favorezcan a las madres y padres solteros que tengan bajo su cargo exclusivo, hijos menores de edad o con discapacidad en grado tal que implique dependencia absoluta de sus padres, debiendo esta ser acreditada de manera indubitable; a las personas de la tercera edad y a las personas con discapacidad que se encuentren debidamente registradas en las instituciones conformadas de acuerdo a las leyes nacionales y regionales que versan sobre la materia. Dichas condiciones deberan ser acreditadas por los postulantes. Articulo Octavo: Requisitos de los postulantes Los postulantes al Programa Regional de Vivienda deberan cumplir con los requisitos siguientes: 8.1. No ser propietario de inmuebles con fines de vivienda en ningun otro lugar del ambito territorial de Tacna. 8.2. No haber sido beneficiario de ningun otro programa de vivienda ejecutado por el Estado en cualquiera de sus niveles de gobierno o por Gobierno Regional de Tacna destinado a la adquisicion de un terreno, asi el bien inmueble otorgado MORDAZA sido transferido a titulo gratuito u oneroso o ya no se encuentre en posesion del

terreno otorgado; ni haber recibido financiamiento para la construccion de vivienda o apoyo habitacional alguno por parte del Estado. 8.3. No haber participado individual o colectivamente en invasiones a inmuebles de propiedad del Estado, del Gobierno Regional de Tacna y/o de cualquier otra entidad publica. 8.4. No haber sido propietario, individual o colectivamente, de un inmueble dentro de los cinco (05) anos anteriores a la vigencia de la presente ordenanza. 8.5. Tener una residencia comprobada no menor de diez (10) anos en el ambito de la Region Tacna. 8.6. Otros establecidos en el respectivo reglamento. Lo MORDAZA referidos requisitos deberan ser acreditados por los postulantes a los diversos proyectos del Programa Regional de Vivienda. Articulo Noveno: Falsedad de la informacion proporcionada Los postulantes y adjudicatarios del Programa Regional de Vivienda que hayan falseado la verdad o MORDAZA presentado documentacion falsificada seran descalificados o perderan su condicion de adjudicatarios declarandose la reversion del terreno adjudicado segun el caso, sin devolucion de los pagos que hubieran podido haber efectuado al Gobierno Regional de Tacna, ello sin perjuicio de proceder a formularse las denuncias penales a que hubiere lugar. Cualquier persona podra denunciar los hechos MORDAZA indicados no solo como tachas durante el MORDAZA de calificacion, sino con posterioridad a la adjudicacion y al otorgamiento de los respectivos titulos de propiedad. Articulo Decimo: Terrenos destinados al programa Los proyectos que se ejecuten dentro del Programa Regional de Vivienda recaeran sobre terrenos de propiedad del Gobierno Regional de Tacna que cuente con lo siguiente: 10.1. Inscripcion en Registros Publicos a nombre del Gobierno Regional de Tacna. 10.2. Esten ubicados en zonas urbanas o de expansion MORDAZA establecidas en los respectivos planes de zonificacion y vias asi como los determinados compatibles en la zonificacion ecologica y economica del Gobierno Regional de Tacna. 10.3. Tengan la condicion de libre disponibilidad y no se encuentren invadidos. 10.4. Factibilidad de Viabilidad de servicios y certificacion de compatibilidad de usos. 10.5. Cumplan con las normas urbanisticas establecidas en los planes de desarrollo MORDAZA y/o acondicionamiento territorial y/o planeamiento integral. Asimismo, los MORDAZA referidos proyectos se podran ejecutar sobre terrenos del Estado administrados por el Gobierno Regional en las condiciones MORDAZA referidas en cuanto sea aplicable. Articulo Decimo Primero: Declaracion de terreno apto El Ejecutivo Regional procedera a expedir la respectiva Resolucion Ejecutiva Regional declarando aptos los terrenos para la ejecucion de los diversos proyectos del Programa Regional de Vivienda. La Oficina Ejecutiva de Administracion de Bienes Inmuebles del Gobierno Regional del Tacna (OEABI) sera la encargada de identificar los terrenos de propiedad del Gobierno Regional de Tacna y de propiedad del Estado administrados por el Gobierno Regional de Tacna que MORDAZA de libre disponibilidad y se encuentren ubicados en zonas urbanas o de expansion MORDAZA para los fines del Programa Regional de Vivienda. Articulo Decimo Segundo: Extension de los terrenos y aportes Los lotes de terrenos que integren el programa de vivienda deberan tener una extension compatible con la normativa establecida en los Planes Urbanos correspondientes. Cada proyecto del programa efectuara los respectivos aportes de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones.

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