Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2013 (10/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de marzo de 2013

como la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas 909482-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de febrero de 2013
DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 028-2013-GR-SM/DREM Moyobamba, 28 de febrero del 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los gobiernos regionales ejerceran funciones especificas, las mismas que se formularan en concordancia con las politicas nacionales, encontrandose entre ellas, las funciones en materia de minas, especificamente la de: Otorgar concesiones para la pequena mineria y mineria artesanal; conforme lo senala el inciso f) del articulo 59º de la referida Ley; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 009-2008MEM-DM se resuelve declarar al Gobierno Regional de San MORDAZA, haber concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de la misma; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 017-2007GRSM/CR se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, en la que establece la funcion de Otorgar concesiones para la pequena mineria y mineria artesanal; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 24º del Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y con las visaciones de la Oficina Tecnica de Mineria y Oficina de Asesoria Legal de la Direccion Regional de Energia y Minas de San Martin; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publicar en el Diario Oficial "El Peruano" las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de febrero del 2013, de acuerdo a la nomenclatura que se establece: NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO DE RESOLUCION DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM PSAD 56 DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.- A) GRUPO SINAI B) 720001212 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 013-2013-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9343 E241 V2: N9342 E241 V3: N9342 E240 V4:N9343 E240 2.- A) EL MIRADOR DE LAS TRES CRUCES B) 720001112 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 014-2013-GRSM/DREM E) 18 F) V1: N9364 E226 V2: N9363 E226 V3: N9363 E225 V4:N9364 E225 3.- A) MORDAZA GRANDE B) 720001512 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 0162013-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9333 E247 V2: N9332 E247 V3: N9332 E246 V4:N9333 E246 4.- A) TESORO ESCONDIDO I B) 720001012 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 023-2013-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9331 E250 V2: N9330 E250 V3: N9330 E249 V4:N9331

E249 5.- A) MONTE MORDAZA 1 B) 720002912 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 024-2013-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9327 E390 V2: N9326 E390 V3: N9326 E389 V4:N9327 E389 6.- A) MORDAZA DEL RIO B) 720003012 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 0252013-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9240 E353 V2: N9239 E353 V3: N9239 E352 V4:N9240 E352 7.- A) ARENERA EL MORDAZA B) 720002312 C) MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA D) 026-2013-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9297 E315 V2: N9296 E315 V3: N9296 E314 V4:N9297 E314 8.- A) TAGA 2 B) 720000213 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 027-2013-GR-SM/DREM E) 18 F) V1: N9225 E341 V2: N9224 E341 V3: N9224 E342 V4: N9223 E342 V5: N9223 E340 V6:N9225 E340. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Director Regional de Energia y Minas 909394-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Declaran como Politica Publica Regional de Vivienda del Gobierno Regional de Tacna, el Programa Regional de Vivienda denominado "Vivienda MORDAZA para Tacna"
ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinticinco de febrero del dos mil trece, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191 establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)"; asimismo, el articulo 192 establece: "Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (...) 5. Promover el desarrollo socioeconomico regional y ejecutar planes y programas correspondientes (...) 3. Administrar sus bienes y rentas (...) 6. Dictar la normas inherentes a la gestion regional". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 13 respecto a las competencias exclusivas prescribe: "13.1. Son aquellas cuyo ejercicio corresponde de manera exclusiva y excluyente a cada nivel de gobierno conforme a la constitucion y la ley", mientras que el articulo 35 referente a las competencias exclusivas de los gobiernos regionales senala: "(...) j) Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 10 respecto a las competencias exclusivas de los gobiernos regionales considera la siguiente: "a) Planificar el desarrollo integral de su region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes (...)"; asimismo, los articulos 13 y 15 prescriben: "El Consejo Regional. Es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional" y son sus atribuciones: "a. Aprobar, modificar, o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) i. Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional".

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