Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2013 (16/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 129

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

491091

POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que modifica la Ordenanza Nº 011-2004-CMH de fecha 20 de MORDAZA del 2004, que crea El Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece como derecho de la persona a asociarse y constituir diversas formas de organizacion juridica para la consecucion de los fines, sin autorizacion previa y con arreglo a ley; igualmente a participar en forma individual o asociada en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la nacion; asi como el derecho y deber de participar en los asuntos del gobierno municipal de su jurisdiccion. Que, es conveniente que tales organizaciones participen ordenadamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales, en actividades que promuevan el desarrollo de su localidad, a traves de diversos mecanismos, cuyo fin solidario servira para fortalecer la democracia desde su base social. Que, para tal efecto mediante Ordenanza Nº 011-2004CMH de fecha 20 de MORDAZA del 2004 se crea El Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Provincial de Huaral, con la finalidad de normar y reglamentar los requisitos y condiciones para el reconocimiento y registro de las Organizaciones Sociales que se han establecido y/o establezcan en el futuro dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, mediante Informe Nº 059-2013-MPH/GPC de fecha 08 de Febrero del 2013 la Gerencia de Participacion Ciudadana, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre modificacion de la Ordenanza Nº 011-2004-CMH de fecha 20 de MORDAZA del 2004, que crea El Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Provincial de Huaral, en la que se puede observar contrastando con la Ordenanza MORDAZA acotada los cambios propuestos para la referida MORDAZA municipal, destacando lo que a la letra dice en el Articulo 29º.- el Gerente Municipal resolvera la impugnacion en vias de reconsideracion en primera instancia en un plazo de 15 dias habiles, evaluando el informe MORDAZA indicado. Vencido dicho plazo, se expedira la resolucion aprobando o denegando el recurso presentado, entre otros cambios efectuados por nueva denominacion de instancia administrativa. Que, mediante Informe Nº 117-2013-MPH-GAJ de fecha 14 de Febrero del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, recomienda aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal de modificacion de la Ordenanza Nº 011-2004CMH, que creo El Registro Unico de Organizaciones Sociales ­ RUOS a fin de hacer mas directa la participacion de los administrados en la gestion y gobierno municipal en nuestra localidad, remitiendo en su oportunidad al Honorable Concejo Municipal para su aprobacion pertinente, de conformidad con el Articulo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, mediante Dictamen Nº 001-2013-MPH/CPVAA/ CVM de fecha 26 de Febrero del 2013, la Comision de Participacion Vecinal y Asuntos Alimentarios del Concejo Municipal, en uso de sus Atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Elecciones, RECOMIENDA Aprobar la Modificacion de la Ordenanza Nº 011-2004-CMH, que creo el Registro Unico de Organizaciones Sociales ­ RUOS de la Municipalidad Provincial de Huaral, a bien de hacer mas directa la participacion de los administrados en la gestion y gobierno municipal en nuestro medio. Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 9º numerales 8) y 9), 39º y,40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime de los Senores Regidores, aprobaron la siguiente: ORDENANZA "QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 011-2004CMH, QUE CREO EL REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES ­ RUOS ­ DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL" Articulo Primero.- MODIFICAR los Articulos 04º letra F), 07º primer parrafo, 08º inciso b), c), d) y e) y ultimo

parrafo, 12º, 13º, 14º, 15º, 16º, 23º MORDAZA parrafo, 24º, 25º primer parrafo, 28º, 29º, 30º, 31º primer parrafo, 32º primer parrafo, 34º primer parrafo, 36º y la Tercera Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ordenanza Nº 011-2004-CMH, de fecha 20 de MORDAZA del 2004, del Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Provincial de Huaral, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 04º.- Se considera para efectos de la ampliacion de la presente Ordenanza como Organizacion Social: F. Organizaciones Juveniles: Es aquella que reune a personas entre 13 y 29 anos de edad. Ellos promueven actividades sin fines de lucro en beneficio de su comunidad. Articulo 07º.- La Gerencia de Participacion Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Huaral abrira el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS), en el cual se inscribiran las Organizaciones Sociales definidas en el Articulo 02º de la presente ordenanza. Articulo 08º.- Las organizaciones sociales para registrarse deberan presentar los siguientes requisitos: b) Acta de constitucion de la Organizacion social. c) Acta de aprobacion y transcripcion del Estatuto de la Organizacion Social. d) Acta de eleccion al organo directivo de la Organizacion Social. e) Libro Padron de los miembros de la organizacion social. Los requisitos b), c), d) y e) deberan ser presentados a la Gerencia de Participacion Ciudadana en copias simples, acompanadas por el original para su verificacion de autenticidad y visto bueno. Articulo 12º.- Las organizaciones sociales de base que tienen como fin especifico brindar servicio de apoyo alimentario a las personas de menos recursos economicos como son los clubes de madres, los comites de vaso de leche, los comedores populares autogestionarios y no autogestionarios, las cocinas familiares, centros familiares y centros maternos familiares u otro de igual indole, y a las que se refiere la Ley 25307, se encuentran exoneradas del pago de todo derecho por el inicio, tramite y ejecucion de la inscripcion de dichas organizaciones de base en el registro unico de organizaciones sociales de la provincia de Huaral. Asimismo, las Juntas Vecinales conformadas en el Distrito capital de la Provincia de Huaral estan exoneradas del pago de todo derecho por el inicio, tramite y ejecucion de la inscripcion de dichas organizaciones en el registro unico de organizaciones sociales de la provincia de Huaral. Articulo 13º.- Las demas organizaciones sociales no contenidas en el articulo que precede deberan abonar el costo de los tramites de registro, actualizacion o modificacion establecidos por la presente ordenanza, dicho pago sera establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial. Podran darse exoneraciones a dicho pago, cuando la Municipalidad realice campanas de inscripcion o cuando lo considere conveniente. Articulo 14º.- Las Organizaciones Sociales de Base, podran solicitar MORDAZA de la Resolucion Gerencial correspondiente para tramitar la obtencion de su personeria juridica. Articulo 15º.- La Gerencia de Participacion Ciudadana llevara la estadistica de las organizaciones sociales identificadas, reconocidas y registradas, conforme lo senala el Art. 03º de la presente Ordenanza. Articulo 16º.- La solicitud de Reconocimiento y Registro Municipal que presente la organizacion social, debera contener expresamente este pedido y estar dirigida al MORDAZA con atencion a la Gerencia de Participacion Ciudadana, debiendo cumplir con los requisitos exigidos en los articulos 7º y 8º, segun corresponda, de lo contario dicho pedido sera declarado inadmisible. Articulo 23º.- La nomina de miembros de la organizacion, es la relacion obtenida del Libro Padron de

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