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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 491079 En la ciudad de Puerto Maldonado, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil doce. CARLOS H. MANRIQUE DE LARA ESTRADA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil doce. JOSE LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional 911969-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aceptan donación destinada al Proyecto “Fortalecimiento de Capacidades para el Desarrollo de un Sistema Regional Descentralizado de Diálogo y prevención de Conflictos Sociales – Piura” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 879-2013/GRP-CR Piura, 6 de marzo de 2013 VISTO: - El Contrato de Subvención – Ayudas Exteriores de la Unión Europea – DCI-NSAPVD/2012/276-339, de fecha 29 de diciembre de 2012, suscrito entre la Unión Europea y el Gobierno Regional Piura; - El Memorando Nº 552-2013/GRP-410000 del 28 de febrero de 2013 de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, y por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al artículo 21º literal k) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, el Presidente Regional tiene como atribución, “celebrar y suscribir, en representación del Gobierno Regional Piura, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo, conforme a la Ley de la materia y sólo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional”; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias, o en la página web de la entidad ofi cial cuando sean montos menores a ello, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada; Que, con fecha 29 de diciembre de 2012 se suscribió el Contrato de Subvención Económica – Ayudas Exteriores de la Unión Europea – DCI-NSAPVD/2012/276-339, cuyo objeto es la subvención para la ejecución de la acción denominada “Fortalecimiento ce capacidades para el desarrollo de un sistema regional descentralizado de diálogo y prevención de confl ictos sociales – Piura”, por un costo total de 168,593.53 euros, siendo un primer importe de 61,579 euros; Que, mediante Memorando Nº 168-2013/GRP-480000- 480200 del 08 de febrero de 2013, la Ofi cina Regional de Administración comunica que con fecha 31 de enero de 2013, la Unión Europea ha procedido a depositar 61,517.42 euros en la cuenta corriente del Gobierno Regional Piura para ser utilizados en el fi nanciamiento del Proyecto “Fortalecimiento de capacidades para el desarrollo de un sistema regional descentralizado de diálogo y prevención de confl ictos sociales – Piura”, y siendo a dicha fecha el tipo de cambio en soles de 3.528 representa la cantidad de S/. 217,033.46 nuevos soles; y con Memorando Nº 552-2013/GRP-410000 del 28 de febrero de 2013, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita la aceptabilidad de fondos para ser aprobados mediante Acuerdo de Consejo Regional; Que, el Proyecto “Fortalecimiento de capacidades para el desarrollo de un sistema regional descentralizado de diálogo y prevención de conflictos sociales – Piura” tiene como objetivo general el contribuir con la gobernanza democrática orientada al desarrollo y a la sostenibilidad ambiental, económica y social del territorio de la Región Piura, mediante el diálogo y la prevención de conflictos sociales, y objetivo específico fortalecer las capacidades del gobierno regional y los gobiernos locales para la prevención y transformación de conflictos sociales, a través del uso de los mecanismos institucionales desarrollados para la canalización de demandas locales y la identificación de roles potenciales de hombres y mujeres en la prevención de conflictos sociales; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 06 – 2013, celebrada el día 06 de marzo del 2013, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Aceptar, la donación efectuada por la Unión Europea, según Contrato de Subvención Económica – Ayudas Exteriores de la Unión Europea – DCI-NSAPVD/2012/276-339, mediante la cual se ofi cializa la donación de S/. 217,033.49 (Doscientos Diecisiete Mil Treinta y tres y 49/100 nuevos soles), a favor del Gobierno Regional Piura, para ser destinado al Proyecto: “Fortalecimiento de Capacidades para el Desarrollo de un Sistema Regional Descentralizado de Diálogo y prevención de Confl ictos Sociales – Piura”. Artículo Segundo.- Autorizar al Presidente Regional disponga las acciones administrativas para la implementación de lo señalado en el artículo primero, comunicando al Consejo Regional las acciones que se tomen para ello. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO. Regístrese, publíquese y cúmplase. TOMÁS FIESTAS ECHE Consejero Delegado Consejo Regional 912055-1