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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2013 (16/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 114

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 491076 como en los sistemas de mercado de valores de la región; Que, en tanto los temas a tratar en el citado evento redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de su competencia, se ha designado al señor Jimmy Izu Kanashiro, Jefe del Departamento de Regulación (e) de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, quien participará como expositor en la Sesión 11: presentaciones de caso de estudios sobre la participación del agente bancario y otros proveedores de servicios fi nancieros no tradicionales y las implicaciones sobre el manejo regulatorio, en dicho Foro; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, alojamiento y alimentación parcial serán fi nanciados por The Australian Government’s Aid Agency (AusAID), en tanto que los viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, y; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Jimmy Izu Kanashiro, Jefe del Departamento de Regulación (e) de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, a la ciudad de Melbourne, Mancomunidad de Australia, del 16 al 24 de marzo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos, alojamiento y alimentación parcial serán fi nanciados por The Australian Government’s Aid Agency (AusAID), en tanto que los viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos complementarios US$ 504.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 913129-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Otorgan autorizaciones a la empresa Hudbay Perú S.A.C. titular del Proyecto Minero Constancia, para desarrollar actividades de generación de energía termoeléctrica RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 009-2013-DREM-GR.Cusco Cusco, 4 de marzo de 2013 VISTOS: El Expediente con Registro 2943 de fecha 05 de setiembre de 2012 sobre Solicitud de Autorización para desarrollar la actividad de Generación Termoeléctrica, presentada por la Empresa HUDBAY PERU S.A.C. Titular del Proyecto Minero Constancia, representado por su representante Legal Fernando Gabriel Montero y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el literal d) del artículo 59 de la Ley Nº 27867 (Ley Orgánica de Gobiernos Regionales), es función de los Gobiernos Regionales en materia de energía; “otorgar concesiones para minicentrales de generación eléctrica” en el ámbito de su competencia territorial. Que, a través de Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, se aprobó el plan anual de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del 2005, entre las cuales, se transfi rió a los Gobiernos Regionales, la facultad de otorgar autorizaciones y llevar el registro de generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor a 500 KW. y menores a 1O MW (minicentrales), siempre que estas se encuentren en la Región. Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2009- EM, precisó que la facultad relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor a 500 KW. y menor a 1O MW. de competencia de los Gobiernos Regionales, comprende tanto el otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor de 500 KW. y menor a 1O MW, como el otorgamiento de concesiones defi nitivas para generación con Recursos Energéticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a de 500 KW. y menor a 1O MW, siempre que se encuentren en la región respectiva. Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 del Decreto Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas), modifi cado por la Primera Disposición Modifi catoria del Decreto Legislativo Nº 1002 (Decreto Legislativo de promoción de la inversión para la generación de electricidad con el uso de energías renovables); se requiere autorización para realizar las actividades de generación termoeléctrica, cuando la potencia instalada sea superior a 500 KW., en ese sentido, la solicitante la EMPRESA HUDBAY PERU S.A.C, titular del Proyecto Minero CONSTANCIA, requiere del otorgamiento de la autorización correspondiente para la generación de energía termoeléctrica en la Central Térmica Planta (580 KW). Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas, las autorizaciones que cumplan con los requisitos previstos en la referida norma, serán otorgadas por plazo indefi nido, debiendo para tal efecto haber cumplido con acompañar los documentos taxativamente enumerados por el citado artículo. Que, en cuanto a los requisitos de orden técnico a que se refi ere el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas, a través de Informe Técnico Nº 0068-2012- DREM-ATE LELS, de fecha 23 de Octubre del 2012 el Área Técnica de Energía de la Dirección Regional de Energía y Minas de Cusco, concluyó que la peticionaria