Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2013 (16/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 119

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 491081 para que se practiquen los actos necesarios dirigidos a la materialización de ese asunto específi co de interés público, vecinal e institucional metropolitano. Que, asimismo, la Gerencia de Asuntos Jurídicos precisó que ha tenido a la vista el Certifi cado Registral Inmobiliario del terreno de 818 025,62 metros cuadrados, ubicado en el Proyecto de Habilitación Urbana Gran Mercado Mayorista de Lima, del distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 44922401 del Registro de Predios del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, expedido a las 08h00 del 5 de febrero de 2013, verifi cándose que la Municipalidad Metropolitana de Lima es la propietaria de dicho terreno, sujeto a los gravámenes y cargas señalados en el numeral III de dicho Certifi cado Registral Inmobiliario, por lo que, en la fórmula legislativa anexa al presente Memorando, se ha introducido la precisión de que la Gerencia de Desarrollo Empresarial deberá realizar todas las acciones necesarias relacionadas a la evaluación y posterior acondicionamiento (esto se encuentra referido al saneamiento legal e independización del área del terreno), para fi nes de un Mercado Minorista Municipal de carácter metropolitano, de la zona conocida como “Tierra Prometida”, perteneciente al terreno materia del Certifi cado Registral Inmobiliario. Dejan constancia que la propuesta acerca del uso de esta área de terreno, se encuentra formulada en el Informe N° 0032-2013-MML- GDE-SAC –acompañado al Memorando N° 209-2013- MML-GDE–, así como en la Exposición de Motivos del proyecto de Acuerdo de Concejo remitida por la Gerencia de Desarrollo Empresarial, documentación que ha puesto a consideraciòn, mediante Proveído Nº 1552-2013, la Gerencia Municipal Metropolitana. De conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales en sus Dictámenes Nos. 48-2013- MML-CMAEO y 21-2013-MML-CMAL y Dictámenes en Conjunto Nos. 01-2013-MMLCMTyPYMES y 05-2013- MML-CMCDCyTU de las Comisiones Metropolitanas de Turismo, Pequeña y Mediana Empresa y de Comercialización, Defensa del Consumidor y Transporte Urbano. ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar que la construcción y puesta en funcionamiento de un Mercado Minorista Municipal de carácter metropolitano, dedicado a los productos perecibles, constituye un asunto específi co de interés público, vecinal e institucional metropolitano, manifestando la voluntad del órgano de gobierno municipal para que se practiquen los actos necesarios dirigidos a su materialización. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Empresarial la realización, en el marco de las normas, de las acciones necesarias relacionadas a la evaluación y posterior acondicionamiento, para fi nes de un Mercado Minorista Municipal de carácter metropolitano, de la zona conocida como “Tierra Prometida”, del terreno de 818 025,62 metros cuadrados de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ubicado en el Proyecto de Habilitación Urbana Gran Mercado Mayorista de Lima, del distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 44922401 del Registro de Predios del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, debiendo poner las mismas, en su oportunidad, en conocimiento del Concejo Metropolitano. Artículo Tercero.- Disponer que mediante Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana se dictarán las disposiciones y se determinarán las acciones que sean necesarias para complementar, especifi car, o precisar el contenido de este Acuerdo de Concejo, o que se requieran para su mejor aplicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO ZEGARRA MENDEZ Teniente Alcalde 913161-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2014 ORDENANZA Nº 216-MDPP Puente Piedra, 12 de marzo de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2014 de la Municipalidad del Distrital de Puente Piedra, los Informes Nros. 022-2013-MDPP/GPAF de la Gerencia de Administración y Finanzas y 050-2013-MDPP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la reforma constitucional del Capítulo XIV del Título IV; sobre descentralización, establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas anual bajo responsabilidad conforme a ley; Que, la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización en su Título III Capítulo IV Artículo 17º establece que los gobiernos regionales y locales están obligadas a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuestos y en la gestión pública; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Título Preliminar, Artículo I establece que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del estado y canal inmediato de participación vecinal en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades, siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización; Que, el artículo 53º de la misma ley manifi esta que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan de acuerdo a ley de la materia, y en coordinación con los planes de desarrollo concertado de la jurisdicción; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 – Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, a través del cual se establecen los mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el marco de la Ley del presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, su modifi catoria Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y la Ley Nº 28411 – Ley del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a los considerandos antes expuestos y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972 en su artículo 9º numerales 8 y 14, artículos 39º y 40º y con la dispensa al trámite de lectura y aprobación del Acta; POR MAYORÍA, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2014 Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2014 de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra el cual consta de el cual consta de treinta y un (29) artículos y Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza.