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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 491083 La documentación estará sujeta a verifi cación y de ser detectada alguna incongruencia en la información emitida, se procederá con las acciones administrativas y legales correspondientes y será causal de invalidación del voto o propuesta que hubiera emitido el Agente Participante en falta. Artículo 12º.- El plazo para la inscripción de los Agentes Participantes será de cinco días hábiles. Artículo 13º.- Impugnaciones Luego de publicada la lista de los Agentes Participantes hábiles cualquier persona que acredite residencia en el ámbito del Distrito de Puente Piedra y pertenencia a la organización en cuestión; podrá interponer un recurso impugnativo dentro de los tres días posteriores a la publicación debiéndose comunicar a la parte impugnada. Estos recursos serán resueltos en única y exclusiva instancia por la Gerencia de Participación Vecinal para tal fin en un plazo no mayor de dos días. Artículo 14º.- Identifi cación de Agentes Participantes Los Agentes Participantes son todas aquellas personas representantes de las organización sociales del Distrito debidamente reconocidas por la Gerencia de Participación Vecinal que participan en las diferentes etapas de discusión y/o toma de decisiones durante el proceso del Presupuesto Participativo por Resultados del Distrito. Se consideran Agentes Participantes: • Miembros del Comité de Vigilancia Vigente. • Miembros del Concejo de Coordinación Local Distrital. • Un representante por cada organización de la sociedad civil debidamente identifi cada y acreditados de acuerdo a lo establecido por el presente reglamento. Artículo 15º.- Publicación de Agentes Participantes La Gerencia de Participación Vecinal publicará la lista defi nitiva de los Agentes Participantes hábiles en la página web de la municipalidad. CAPÍTULO V DEL EQUIPO TECNICO Artículo 16º.- Conformación del Equipo Técnico Es conformado por profesionales y/o técnicos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra conforme al artículo 2º, literal f) del DECRETO SUPREMO Nº 142- 2009-EF Son considerados como miembros del Equipo Técnico: Sub Gerente de Planeamiento y Presupuesto Presidente. Gerente de Inversiones Publicas Miembro Gerente de Participación Vecinal Miembro Responsable de la Unidad Local de Focalización Miembro Gerente de Desarrollo Humano Miembro Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización Miembro Responsable de la Ofi cina de Programación e Inversiones Miembro El Equipo Técnico será asistido por profesionales representantes de las Gerencias y Ofi cinas de la Municipalidad. Artículo 17º.- Responsabilidades del Equipo Técnico Son responsabilidades básicas del Equipo Técnico: 1. Capacitar a los agentes participantes sobre las distintas fases del proceso y con especial énfasis en la identifi cación de los problemas sociales más urgentes a ser atendidos. 2. Organizar y Ejecutar las diferentes fases del proceso de Presupuesto Participativo por Resultados. 3. Brindar asistencia técnica sobre las iniciativas de proyectos presentados por los agentes participantes. 4. Priorizar las iniciativas de proyectos presentados por los agentes participantes durante los talleres de Priorización. CAPÍTULO VI DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 18º.- Responsabilidades de los agentes participantes Los agentes participantes debidamente acreditados participan con voz y voto en el proceso de Formulación y Aprobación del Presupuesto Participativo. Los Agentes Participantes acreditados asumen los siguientes derechos y deberes: 1) Asistir respectivamente identifi cados a las capacitaciones y Talleres de Trabajo programadas. 2) Respetar las pautas metodológicas para las capacitaciones y talleres de trabajo, establecidas por el Equipo Técnico. 3) Recoger y sustentar en las reuniones de trabajo las aspiraciones y necesidades del centro poblado al cual representa y proponer alternativas de solución a problemas de carácter local. 4) Plantear proyectos de inversión Pública de impacto local que contribuyan a solucionar la problemática Distrital de acuerdo a la escala de prioridades. 5) Intervenir de manera responsable, democrática y objetiva durante las reuniones de trabajo, la participación debe ser activa, puntual e integral. 6) Asegurar la retroalimentación al proceso, para lo cual es obligatoria la reunión con las personas a las que representan a fi n de informar sobre el proceso, analizar el plan de trabajo y establecer las prioridades de la organización a la que representan. 7) Cumplir con los acuerdos comprometidos; los agentes participantes cuyas iniciativas fueron priorizadas, y de haber presentado una contrapartida presupuestal, adjuntar copia del acta de asamblea de dicho acuerdo, deberán cumplir con lo comprometido antes de fi nalizar el ejercicio fi scal 2013; caso contrario la iniciativa priorizada quedará reglamentada por la iniciativa inmediata anterior. Artículo 19º.- Los Agentes Participantes tienen como misión principal la discusión y revisión de las iniciativas de proyectos, a fi n de lograr la programación de inversiones priorizadas, de acuerdo a los ejes estratégicos considerados en el Plan de Desarrollo Concertado, así como a los objetivos y principios del Presupuesto Participativo. CAPÍTULO VII EJECUCION DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 20º.- Del Concejo de Coordinación Local El Concejo de Coordinación Local es la instancia que coordina y promueve el Proceso del Presupuesto Participativo, garantizando la participación vecinal y el cumplimiento de los compromisos asumidos. Este Concejo participa en la realización de la Convocatoria, en la implementación de mecanismos de capacitación para los agentes participantes y presenta, a través de quien lo preside los acuerdos fi nales; así como, la remisión a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas los acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo. Además realiza las funciones establecidas en la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento del Concejo de Coordinación Local del Distritos de Puente Piedra. Artículo 21º.- El desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo se estructura de acuerdo a la siguiente secuencia. Los Agentes Participantes, deberán asistir al desarrollo de los talleres del Presupuesto Participativo, teniendo como objetivo conocer la normativa básica y al manejo de los instrumentos de reconocimiento y priorización de problemas.