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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 490975 DEFENSA Autorizan viaje a Argentina de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 092-2013-DE/FAP Lima, 15 de marzo de 2013 Visto la Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-Nº 0550 de fecha 07 de febrero de 2013 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), ha programado la realización del “Ejercicio de Cooperación II - Virtual” en la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, en el mes de abril del presente año, evento de gran importancia e interés que estará a cargo de la Fuerza Aérea Argentina, contando con la participación de las Fuerzas Aéreas Americanas; el indicado evento consistirá en un ejercicio virtual simulado de apoyo humanitario, búsqueda y rescate ante una situación de desastre natural producido en la República del Perú; Que, con la fi nalidad de continuar con los trabajos referidos a la planifi cación del “Ejercicio de Cooperación II - Virtual”, el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), ha programado realizar la reunión fi nal de planeamiento denominada Comité VIII (FPC Cooperación II – Virtual - 2013), en la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del 17 al 22 de marzo de 2013; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participen en el Comité VIII (FPC Cooperación II – Virtual - 2013), del 17 al 22 de marzo de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del Personal Militar FAP que se indica a continuación, para que participen en el Comité VIII (FPC Cooperación II – Virtual - 2013), del 17 al 22 de marzo de 2013: Coronel FAP JOSE ANTONIO PALACIOS VERA NSA: O-9448481 DNI: 10299754 Coronel FAP LEONARDO ENRIQUE LEVY HUAMANI NSA: O-4M14284 DNI: 09885912 Coronel FAP CARLOS MARTIN QUIROZ INFANTAS NSA: O-9513185 DNI: 43338480 Coronel FAP JULIO CESAR BENAVIDES ARBULU NSA: O-9517685 DNI: 06273465 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima – Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$ 710.00 x 04 personas (Incluye TUUA) = US$ 2,840.00 Viáticos: US$ 200.00 x 06 días x 04 personas = US$ 4,800.00 TOTAL = US$ 7,640.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.-La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 913172-3 Autorizan viaje a Argentina de Oficial de la Fuerza Aérea del Perú, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 093-2013-DE/FAP Lima, 15 de marzo de 2013 Visto el Acta de Acuerdos de la “XI Reunión Bilateral de Jefes de Estado Mayor General” de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Argentina” y el Fax Nº 019/13 de fecha 04 de marzo de 2013 del Agregado Aeronáutico a la Embajada Argentina en la República del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú (FAP) mantiene una permanente e histórica relación de amistad con la Fuerza Aérea Argentina (FAA), esto nos permite aprovechar el intercambio de ofi ciales para observar y aprender sobre los adelantos que la Fuerza Aérea Argentina ha alcanzado en las ciencias aeronáuticas en los campos académico, doctrinario y tecnológico; Que, la República Argentina y la República del Perú, en el marco de las relaciones bilaterales establecen