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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2013 (16/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 490976 actividades de cooperación entre ambos países, en tal sentido en la Actividad Nº 8 del Anexo Bravo del Acta de Acuerdos de la “XI Reunión Bilateral de Jefes de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Argentina”, la Fuerza Aérea Argentina ofreció una beca anual para que un ofi cial de la Fuerza Aérea del Perú participe en el “Curso de Comando y Estado Mayor”, a llevarse a cabo en la Escuela Superior de Guerra Aérea, en la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del 20 de marzo al 31 de diciembre de 2013; Que, el Comandante FAP JAIME MARIANO GASTON SAYAN ARAUJO, ha sido designado para participar en el curso indicado en el párrafo anterior, en virtud al mérito alcanzado por haber obtenido el segundo puesto en el Curso Táctico FAP correspondiente al año 2005 y el segundo puesto en el Programa de Comando y Estado Mayor FAP correspondiente al año 2011; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del Comandante FAP JAIME MARIANO GASTON SAYAN ARAUJO, para que participe en el “Curso de Comando y Estado Mayor”, del 20 de marzo al 31 de diciembre de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.-Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del Comandante FAP JAIME MARIANO GASTON SAYAN ARAUJO, NSA: O-9581790 DNI: 07755353, para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor, del 20 de marzo al 31 de diciembre de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima – Buenos Aires (República Argentina) - Lima US $ 710.00 x 01 persona (Incluye TUUA) = US $ 710.00 Gastos de traslado – Ida y vuelta (Equipaje, bagaje e instalación) US $ 2,900.00 x 02 x 01 persona = US $ 5,800.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 2,900.00 x 09 meses x 01 persona = US $ 26,100.00 US $ 2,900.00 / 31 x 12 días x 01 persona = US $ 1,122.58 Total a pagar = US $ 33,732.58 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.-El Ofi cial comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.-La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.-La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 913172-4 Autorizan viaje a los EE.UU. de funcionario y Oficial de la Marina de Guerra del Perú, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 094-2013-DE/ Lima, 15 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (DGA-NOR) Nº 2-20-E/9 del 10 de enero de 2013, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó que en el marco de las coordinaciones efectuadas por la Embajada del Perú en Washington D.C., Estados Unidos de América y el Buró Político-Militar del Departamento de Estado, se ha propuesto que la I Reunión del Diálogo Político – Militar establecido en el “Memorándum de Entendimiento para el Fortalecimiento de las Relaciones Político Militares Perú-Estados Unidos”, se realizará en la ciudad de Washington D.C., durante dos días establecidos entre el 18 y el 22 de marzo de 2013; Que, por coordinaciones efectuadas entre ambas partes se ha estimado conveniente que la I Reunión del Diálogo Político – Militar se efectuará los días 18 y 19 de marzo de 2013, con la participación de representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa del Perú y la Secretaría de Estado y la Secretaría de Defensa de los Estados Unidos de América; Que, es de interés institucional autorizar al Embajador Mario Juvenal López Chávarri, Director General de