Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2013 (16/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490993

VISTO: El Expediente N° 26327113 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Solar Mariscal MORDAZA, presentado por MORDAZA ENERGIA RENOVABLE S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 12956891 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA ENERGIA RENOVABLE S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2255558 de fecha 27 de diciembre de 2012, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Solar Mariscal MORDAZA, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA y departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 061-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo N° 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar concesion temporal a favor de MORDAZA ENERGIA RENOVABLE S.A.C., que se identificara con el codigo N° 26327113, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Solar Mariscal MORDAZA, para una capacidad instalada estimada de 50 MW, los cuales se realizaran en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA y departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 ESTE 284 795 283 464 283 464 284 795 NORTE 8 061 030 8 061 030 8 061 854 8 061 854

y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 911907-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje a los EE.UU. de Procurador Publico Especializado en Delitos de Corrupcion, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 025-2013-JUS MORDAZA, 15 de marzo de 2013 VISTOS, la Nota OEA/2.2/05/13, del 22 de enero de 2013, de la Secretaria Tecnica del Mecanismo de Seguimiento de la Implementacion de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion (MESICIC); el Oficio Nº 041-2013-PCM/CAN, del 15 de febrero de 2013, de la Coordinadora General de la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion; y el Oficio Nº 330-2013-JUS-CDJE/ PPEDC, del 25 de febrero de 2013, de la Procuraduria Publica Especializada en Delitos de Corrupcion; CONSIDERANDO: Que, la Secretaria Tecnica del Mecanismo de Seguimiento de la Implementacion de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion (MESICIC), informa de la realizacion de la Vigesimo Primera Reunion Ordinaria del Comite de Expertos del MESICIC, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 22 de marzo de 2013; Que, durante la mencionada reunion se sometera la propuesta de Informe Final de Peru relativo a la implementacion de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion en el MORDAZA, en la cual los Expertos Titulares de los paises miembros del MESICIC formularan preguntas y precisiones puntuales respecto del contenido del Informe Final materia de evaluacion, a efectos de su aprobacion y formulacion de recomendaciones; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia del evento MORDAZA referido, resulta de interes institucional autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arbizu MORDAZA, Procurador Publico Especializado en Delitos de Corrupcion, para que participe en la mencionada reunion, atendiendo a que la Procuraduria Publica Especializada en Delitos de Corrupcion contribuyo en su oportunidad con proporcionar informacion relevante y sustancial para dar contenido al mencionado Informe Final; Que, los gastos que genere dicho viaje seran asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arbizu MORDAZA, Procurador Publico

Articulo 3.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez

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