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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2013 (16/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 490993 VISTO: El Expediente N° 26327113 sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Solar Mariscal Nieto, presentado por ANDINA ENERGÍA RENOVABLE S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12956891 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ANDINA ENERGÍA RENOVABLE S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2255558 de fecha 27 de diciembre de 2012, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Solar Mariscal Nieto, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93- EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 061-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de ANDINA ENERGÍA RENOVABLE S.A.C., que se identifi cará con el código N° 26327113, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Solar Mariscal Nieto, para una capacidad instalada estimada de 50 MW, los cuales se realizarán en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 284 795 8 061 030 2 283 464 8 061 030 3 283 464 8 061 854 4 284 795 8 061 854 Artículo 3.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 911907-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan viaje a los EE.UU. de Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2013-JUS Lima, 15 de marzo de 2013 VISTOS, la Nota OEA/2.2/05/13, del 22 de enero de 2013, de la Secretaria Técnica del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC); el Ofi cio Nº 041-2013-PCM/CAN, del 15 de febrero de 2013, de la Coordinadora General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; y el Ofi cio Nº 330-2013-JUS-CDJE/ PPEDC, del 25 de febrero de 2013, de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción; CONSIDERANDO: Que, la Secretaria Técnica del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), informa de la realización de la Vigésimo Primera Reunión Ordinaria del Comité de Expertos del MESICIC, a realizarse en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 18 al 22 de marzo de 2013; Que, durante la mencionada reunión se someterá la propuesta de Informe Final de Perú relativo a la implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción en el país, en la cual los Expertos Titulares de los países miembros del MESICIC formularán preguntas y precisiones puntuales respecto del contenido del Informe Final materia de evaluación, a efectos de su aprobación y formulación de recomendaciones; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia del evento antes referido, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor abogado Julio César Donato Arbizu González, Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, para que participe en la mencionada reunión, atendiendo a que la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción contribuyó en su oportunidad con proporcionar información relevante y sustancial para dar contenido al mencionado Informe Final; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor abogado Julio César Donato Arbizu González, Procurador Público