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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2013 (25/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de marzo de 2013 491518 de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región; Que, el inciso a) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, el artículo 38º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; Que, es función específi ca de los Gobiernos Regionales “formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región”, según lo dispone el literal a) del artículo 47 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, mediante Pedido N° 11-2012-GOREMAD-CR/ CENR, el Consejero Regional Ing. Carlos Emérico NIETO RAMOS, propone que, mediante Ordenanza Regional, se disponga la obligación de depositar copia de los resultados de las investigaciones realizadas por investigadores nacionales e internacionales en las Áreas Naturales Protegidas, a la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios. En el mismo propósito, convienen, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del GOREMAD, según fl uye de sus opiniones técnicas, siendo destacable la emitida por la Ofi cina General de Investigación de la UNAMAD anexada al Ofi cio N° 012-2013-UNAMAD- VRAC-OGI, que demanda la emisión de dicha norma regional como una medida de urgencia. Que, mediante Informe Legal N° 096-2013-GOREMAD/ ORAJ, de fecha 04 de febrero del 2013, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, opina que resulta pertinente establecer que las “investigaciones realizadas en Áreas Naturales Protegidas en el Departamento de Madre de Dios por investigadores nacionales e internacionales, deberán depositar una copia de los resultados en la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios”, sin afectar sus atribuciones y funciones propias de una organización autónoma. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, y con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- DECLARAR, la obligatoriedad de depositar copia de los resultados de las investigaciones de carácter científi co en las Áreas Naturales Protegidas realizadas por investigadores nacionales o extranjeros a la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios –UNAMAD-, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los trece días del mes de febrero del año dos mil trece. CARLOS EMERICO NIETO RAMOS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los trece días del mes de febrero del año dos mil trece. JORGE ALBERTO ALDAZABAL SOTO Presidente Regional 914502-1 Aprueban el “Plan de Quinquenio o Plan de Mediano Plazo de la Educación de Madre de Dios 2012 – 2016” ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de febrero del 2013, aprobó por unanimidad, la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, y gozan de autonomía política, económica y administrativa. Tienen la misión de organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región; Que, el Inciso a) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, el artículo 38º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; Que, es función específi ca de los Gobiernos Regionales “diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología…” según lo dispone el numeral 2) del artículo 47 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 633-2011- GOREMAD/PR, de fecha 23 de noviembre del 2011, se conforma la Comisión Coordinadora, el Equipo Técnico y la Comisión Fiscalizadora del “Plan del Quinquenio de la Educación en Madre de Dios, 2012 – 2016, atribuyendo a la Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del GOREMAD la validación técnica y presupuestal del mismo. Que, mediante Ordenanza Regional N° 018-2011- RMDD/CR, de fecha 20 de diciembre del año 2011, se aprueba el Plan del Quinquenio de la Educación en Madre de Dios 2012 - 2016, propuesto por la Coordinación del Proyecto “Mejoramiento de la Calidad de los Aprendizajes en la Gestión Pedagógica de Madre de Dios”. Que, mediante Informe N° 012-2013-GOREMAD/ GRPPYAT/SGPL, de la Sub Gerencia de Planeamiento se remite a la Gerencia Regional correspondiente, el “Plan del Quinquenio de la Educación en Madre de Dios 2012 – 2016”, elaborado por un equipo técnico conformado por especialistas del área de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios y el Consejo Participativo Regional de Educación (COPARE), señalando que dicho Plan se encuentra concordado con el Plan de Desarrollo Concertado 2007 – 2021, aprobado mediante la precitada Ordenanza Regional. Que, con fecha 07 de febrero del 2013, se emite el Informe Legal N° 108-2013-GOREMAD-ORAJ, que considera el Plan Quinquenal o de Mediano Plazo en Educación “un instrumento de planifi cación, gestión técnico-político, que permite desagregar las políticas del Proyecto Educativo Regional, en compromisos concretos, viables, medibles y presupuestables, sobre la cual se realizará la verifi cación de los compromisos asumidos” siendo de “enorme importancia para la implementación de las políticas educativas regionales y la gestión del Sistema Educativo Regional”, opinando por su remisión al Consejo Regional de Madre de Dios, para que “actúe conforme a sus atribuciones”. Que, asimismo, mediante Informe N° 001-2013- GOREMAD/DRE, la Directora Regional de Educación de Madre de Dios, comunica que el referido Plan Quinquenal normativamente compatibiliza con el Proyecto Educativo Nacional, el Proyecto Educativo Regional y se articula con la Agenda Común Nacional Regional. Que, la aprobación del Plan mencionado en los numerales precedentes, importa la necesidad de dejar sin efecto la Ordenanza Regional N° 018-2011-RMDD/