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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2013 (25/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de marzo de 2013 491516 de la presente norma, así como los resultados de la evaluación de riesgos efectuada, los cuales deberán estar contenidos en el Manual del sistema de prevención de lavado de activos y de fi nanciamiento del terrorismo. Artículo 9°.- El sujeto obligado deberá, a más tardar al 31 de diciembre del 2013, haber realizado lo siguiente: 1) Verifi car que su Ofi cial de Cumplimiento no se encuentre incurso en los impedimentos establecidos en el numeral 20.1 del artículo 20 y que cumpla los requisitos del artículo 21 de las Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Para tal efecto, deberá designar o ratifi car, de ser el caso, a quien ostenta el cargo de Ofi cial de Cumplimiento. En caso de ratifi cación, la documentación sustentatoria a que se refi ere el artículo 21 de la presente norma deberá estar a disposición de la SMV. De tratarse de una nueva designación, deberá cumplirse con lo dispuesto por el numeral 20.3 del artículo 20 de las Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. 2) Presentar ante la SMV su Código de Conducta y su Manual, de acuerdo a lo establecido en los artículos 4 y 16 de la las Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, respectivamente. Artículo 10°.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 11°.- La presente resolución entrará en vigencia a los ciento veinte (120) días calendario siguientes a su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 916144-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen rol de los turnos judiciales del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur para el mes de abril CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 0195-2013-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, veintiuno de marzo del año dos mil trece. I. ANTECEDENTES: Las Resoluciones Administrativas Nº 003-2010-P- CSJLIMASUR/PJ, Nº 099-2010-P-CSJLIMASUR/PJ, y Nº 148- 2010-P-CSJLIMASUR/PJ, emitidas por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. II. FUNDAMENTOS: 1. Mediante Resolución Administrativa Nº 003-2010- P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 13 de octubre de 2010, se estableció el sistema de Turno Permanente en materia penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; precisándose que, el turno será cubierto por los Jueces Penales y Mixtos con competencia Penal de la jurisdicción durante períodos de 24 horas cada uno, de acuerdo al rol establecido por esta Presidencia en base a los principios de equidad, proporcionalidad y razonabilidad. 2. La Resolución Administrativa Nº 099-2010-P- CSJLIMASUR/PJ, de fecha 19 de noviembre de 2010, dispuso que los Magistrados descansen el día siguiente del Turno Permanente, siendo reemplazados por el Juez que alterne los juzgados en los días de Despacho Judicial, para garantizar la continuidad del servicio de administración de justicia. 3. Mediante Resolución Administrativa Nº 148-2010-P- CSJLIMASUR/PJ, de fecha 22 de diciembre de 2010, se precisó que estando a que el Juez Supernumerario de Alternancia de este Distrito Judicial tiene la especialidad penal, por razones de necesidad de servicio y en aras de mejorar el servicio de administración de justicia, el magistrado en referencia debería realizar Turno Penal Permanente los sábados cada dos semanas; función adicional a lo establecido en la Resolución Administrativa Nº 099-2010-P-CSJLIMASUR/PJ. 4. En este contexto corresponde establecer el nuevo rol del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente del Distrito Judicial de Lima Sur, para el mes de abril, el mismo que seguirá la secuencia del cronograma establecido en el mes de marzo. 5. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de impartición de Justicia en benefi cio del usuario del sistema judicial. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3), 9) del artículo 90º del Texto Único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. III. DECISIÓN: El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de conformidad con las normas invocadas y lo expuesto, resuelve: Artículo Primero.- ESTABLECER el rol de los turnos judiciales del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el mes de abril: DIA JUZGADO DE TURNO 01 1° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo 02 2° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo 03 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel 04 Juzgado Mixto Transitorio de Lurín 05 2° Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador 06 1° Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores 07 2° Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores 08 1° Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador 09 Juzgado Mixto de Villa María del Triunfo 10 Juzgado Mixto de Villa El Salvador 11 2° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel 12 Juzgado Mixto de Lurín 13 Juez de Alternancia 14 1° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo 15 2° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo 16 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel 17 Juzgado Mixto Transitorio de Lurín 18 2° Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador 19 1° Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores 20 2° Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores 21 1° Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador 22 Juzgado Mixto de Villa María del Triunfo 23 Juzgado Mixto de Villa El Salvador 24 2° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel 25 Juzgado Mixto de Lurín 26 1° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo 27 Juez de Alternancia 28 2° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo 29 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel 30 Juzgado Mixto Transitorio de Lurín Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de La Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito