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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2013 (29/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de marzo de 2013 491841 Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 918215-5 DEFENSA Autorizan viaje de técnico de la Marina de Guerra, a los EE.UU., en comisión especial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 112-2013-DE/ Lima, 28 de marzo de 2013 Visto, el Memorando de Entendimiento entre las Naciones Unidas y el Gobierno de la República del Perú respecto a la contribución al Sistema de Acuerdos de Fuerzas de Reserva de las Naciones Unidas, suscrito con fecha 11 de noviembre de 2003, aprobado por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa N° 28342 de fecha 26 de agosto de 2004, y ratifi cado con Decreto Supremo N° 066-2004-RE de fecha 05 de octubre de 2004. CONSIDERANDO: Que, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), es una Organización Internacional fundada en el año 1945 tras la Segunda Guerra Mundial por 51 países que asumieron el compromiso de mantener la paz y la Seguridad Internacional, fomentar entre las naciones relaciones de amistad y promover el progreso social, la mejora del nivel de vida y los derechos humanos, entre otras; Que, el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, en el inciso 15) de su Artículo 10º establece como una de sus funciones del Despacho Ministerial, la de supervisar y fomentar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de paz, de conformidad con los objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 4°, inciso 4.7) del Decreto Legislativo N° 1136 – Decreto Legislativo que determina el ámbito de competencia, la naturaleza jurídica, las funciones y la estructura orgánica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se establece que es el órgano encargado de planifi car, coordinar y conducir la participación de las Fuerzas Armadas en las Operaciones de Paz; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior del Técnico Segundo MGP Edsson Clemente EVARISTO Alvarado, para que preste servicios en la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 01 de mayo de 2013 al 30 de abril de 2015, en razón a que los conocimientos y temas a tratar en el área de Operaciones de Paz, necesitan de personal especialista y califi cado en el área logística y fi nanciera de Operaciones de Paz, ya que ello redunda en benefi cio del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de las Instituciones Armadas, al poder manifestar y fundamentar la posición del país en los aspectos relacionados a la participación en las operaciones de paz y de establecer mecanismos de gestión adecuados para el monitoreo y control de los reembolsos económicos recibidos por las Naciones Unidas por el equipo de propiedad del Contingente de la Compañía Perú desplegado en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH); Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 01 de mayo al 31 de diciembre de 2013, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y, para completar el período de duración de la citada Comisión Especial del 01 de enero de 2014 hasta el 30 de abril de 2015, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora N° 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como los gastos que correspondan a los años posteriores; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/ SG, de fecha 3 de febrero 2009, se modifi có el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, estableciéndose la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación del personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el Artículo 24° del Decreto Legislativo N° 1144, de fecha 10 de diciembre de 2012 – Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas del Perú, establece que el personal de Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar, nombrado en comisión de servicio o misión de estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el Artículo 21° del citado Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el presente artículo; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 – que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión Especial en el Exterior del Técnico Segundo MGP Edsson Clemente EVARISTO Alvarado, CIP. 01917195 y DNI. 43298081, en el período del 01 de mayo de 2013 al 30 de abril de 2015, a fi n de que preste servicios en la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: