Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2013 (01/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios de Personal MORDAZA que a continuacion se indica, para que participe en el Curso Internacional de Entrenamiento de Submarinos Diesel (International Diesel Submarine Training), a realizarse en la Escuela MORDAZA de Submarinos, MORDAZA de New MORDAZA, Estado de Connecticut, Estados Unidos de MORDAZA, del 1 al 31 de MORDAZA de 2013:
Nº. 1 2 3 4 5 6 7 Grado C.de F. Tte. 1° Tte. 1° Tte. 1° Tte. 1° Tte. 1° Tte. 1° Nombre y Apellido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRANDA Alviar MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zumaeta MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vildoso MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA APUMAYTA Rigacci CIP. 00963215 00913753 00938865 00935803 00927909 00922973 00014047 DNI. 09994636 44124362 43306748 44161162 40679245 43306019 43317614

El Peruano Miercoles 1 de MORDAZA de 2013

o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 931955-4

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica Francesa
RESOLUCION MINISTERIAL N° 343-2013 DE/SG MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) No. 315 del 26 de MORDAZA de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Francesa, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 834-2013-VPD/B/c del 29 de MORDAZA de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Francesa; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 1 al 3 de MORDAZA de 2013, como parte de la delegacion que acompanara al Ministro Delegado ante el Ministerio de Defensa encargado de los veteranos de MORDAZA que visitara el Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica Francesa detallado a continuacion, del 1 al 3 de

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA - Hartford (Estados Unidos de America) - MORDAZA US$. 1,690.07 x 7 personas US$. 11,830.49 Pasajes Terrestres: Hartford New MORDAZA - Hartford US$. US$. 30.00 x 7 personas x 2 (ida y vuelta) 420.00

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 3,050.00 x 1 mes x 1 persona US$. 3,050.00 US$. 2,500.00 x 1 mes x 6 personas US$. 15,000.00 TOTAL A PAGAR: US$. 30,300.49

Articulo 3°.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG, de fecha 26 enero de 2004 y sus modificatorias; Articulo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Mision de Estudios, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ano Fiscal 2013, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 6°.- El Personal MORDAZA designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8°.- El citado Personal MORDAZA, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad

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