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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2013 (01/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Miércoles 1 de mayo de 2013 493898 incorporación del Proyecto al Proceso de Promoción de la Inversión Privada a cargo de PROINVERSIÓN, deben ser ratifi cados por Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias, así como en el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 25 de abril de 2013, en virtud de los cuales: i. Se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del proyecto “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”. ii. Se ratifi có la incorporación del referido proyecto al Proceso de Promoción de la Inversión Privada a cargo de PROINVERSIÓN. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Transportes y Comunicaciones 931957-1 Modifican la Directiva Nº 002-2012- EF/51.01 “Preparación y Presentación de la Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2013-EF/51.01 Lima, 25 de abril de 2013 Visto: El Memorando Nº 018-2013-EF/51.06 de la Dirección de Empresas Públicas de la Dirección General de Contabilidad Pública, referente a la modifi cación de los formatos y otros de la Directiva Nº 002-2012-EF/51.01 “Preparación y Presentación de la Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”. CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan como atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, entre otras, está la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público y elaborar la Cuenta General de la República; Que, con Resolución Directoral Nº 011-2012-EF/51.01 se aprobó la Directiva Nº 002-2012-EF/51.01 referente a la Preparación y Presentación de la Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado vigente a partir del primer trimestre del ejercicio 2012; Que, mediante la Resolución Directoral. N° 016-2012- EF/51.01 se modifi có el contenido de ciertos formatos de la Directiva N° 002-2011-EF/51.01 “Preparación y Presentación de la Información Financiera, Presupuestaria, Complementaria y Presupuesto de Inversión para la elaboración de la Cuenta General de la República por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 015-2011-EF/51.01, vigente a partir del cierre contable 2011; Que, con Resolución Directoral N° 002-2013-EF/51.01, se dispone la obligatoriedad, a partir del ejercicio 2013, de registrar la información fi nanciera y presupuestaria en forma mensual por las empresas y entidades de tratamiento empresarial del Estado; Que, por lo indicado en los considerandos precedentes, la información contable que se genere a partir de las normas mencionadas, modifi cará asimismo, determinados formatos fi nancieros, presupuestarios y complementarios para el periodo trimestral y semestral 2013, a fi n de que los usuarios presenten información consistente, confi able y oportuna; por lo que se ha considerado necesario modifi car la Directiva Nº 002-2012-EF/51.01 vigente sobre la materia; y Estando a lo propuesto por las Direcciones de Empresas Públicas y de Análisis, Consolidación y Estadística y con la visación de la Dirección de Normatividad; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42º de la Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car la denominación y/o contenido de los formatos en los numerales 4.1 y 4.5 de la INFORMACIÓN FINANCIERA, los numerales 4.2 y 4.6 INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA, los numerales 4.3 y 4.7 PRESUPUESTO DE INVERSIÓN Y METAS FÍSICAS de la Directiva Nº 002-2012-EF/51.01 “ Preparación y Presentación de la Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 011-2012- EF/51.01, de acuerdo al Anexo N° 1 que se adjunta y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Modifi car el literal a) del numeral 8. Periodo de Presentación de la Información Contable de la Directiva N° 002-2012-EF/51.01, cuyo texto quedará redactado de la manera siguiente: “a) La información Financiera, Presupuestaria, Presupuesto de Inversión y Metas Físicas trimestral y semestral, serán presentadas dentro de los treinta (30) días calendarios de fi nalizado cada trimestre, según corresponda, a la Dirección General de Contabilidad Pública, en carpeta conteniendo la documentación original debidamente refrendada por los funcionarios responsables”. Artículo 3º.-Incorporar en el numeral 4.5 Información Financiera de la Directiva Nº 002-2011-EF/51.01, el Anexo Nº 16 Cuentas por Pagar (Empresas Financieras). Artículo 4°.- Precísese que la vigencia de la Directiva Nº 002-2012-EF/51.01 “Preparación y Presentación de la Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria Trimestral y Semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado” aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 011-2012-EF/51.01, comprende dicha Directiva y su modifi catoria dispuesta en la presente Resolución Directoral. Artículo 5º.- Publíquese los formatos modifi cados, aprobados en los artículos 1º y 3º de la presente Resolución según el Anexo N° 1 y los formatos vigentes de la Directiva N° 002-2012-EF/51.01 según el Anexo N° 2, en el portal institucional del Ministerio de Economía y