Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2013 (13/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Lunes 13 de MORDAZA de 2013

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estructural respectivo que recoja las recomendaciones planteadas en la citada inspeccion tecnica preliminar. La Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas remitira MORDAZA de la licencia de edificacion a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente para su registro y seguimiento. Para el caso de obras de acondicionamiento y/o refaccion, el interesado debera comunicar mediante carta simple a la Subgerencia de Catastro que se realizaran tales obras, adjuntando la Memoria Descriptiva de las mismas, para evaluacion e informe correspondiente del arquitecto especialista en restauracion. Con el informe favorable del arquitecto especialista, la Subgerencia de Catastro mediante carta simple comunicara al interesado que es procedente la ejecucion de dichas obras. Articulo 25º.- Implementacion del proyecto y conformidad de obra por la Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas Obtenida la Licencia de Edificacion se debera implementar el proyecto conforme a lo aprobado; personal de la Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas, de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control y de la Subgerencia de Catastro realizaran inspecciones inopinadas durante la ejecucion de las obras. Una vez culminadas las mismas, se debera solicitar a la Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas la Conformidad de Obra sin Variacion correspondiente a cada modalidad de aprobacion de acuerdo a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), realizandose una inspeccion en conjunto con la Subgerencia de Catastro, para verificar que la intervencion se encuentre conforme a los planos aprobados. En tal sentido, la conformidad de obra quedara condicionada a la opinion favorable de MORDAZA areas. Cuando se trate de acondicionamiento y/o refaccion, de igual forma, personal de la Subgerencia de Catastro realizara inspecciones inopinadas durante la ejecucion de las obras. Una vez culminadas las mismas, el interesado debera comunicar tal situacion a la Subgerencia de Catastro, la cual realizara una inspeccion para verificar si la intervencion se encuentra conforme a las recomendaciones realizadas en la inspeccion tecnica preliminar. Con el informe favorable del arquitecto especialista en restauracion, mediante carta simple, la Subgerencia de Catastro comunicara al interesado la conformidad de la puesta en valor ejecutada. Solo contando con la conformidad de la puesta en valor se otorgara la conformidad de obra del predio receptor que aplico los derechos edificatorios. Articulo 26º.- Deber de conservacion permanente Los propietarios que han obtenido el decreto de alcaldia y el Certificado de Derechos Edificatorios en virtud a los alcances de la Ordenanza 387/MM, deberan mantener permanentemente en buen estado de conservacion sus predios, caso contrario, se aplicaran las sanciones que MORDAZA pertinentes. Articulo 27º.- Inspeccion anual La Subgerencia de Catastro realizara inspecciones anuales a los predios materia de conservacion, a fin de verificar que estos se encuentren en buen estado de conservacion y mantenimiento conforme lo dispone la presente ordenanza. Articulo 28º.- Otras Obras permitidas En los predios materia de conservacion, ademas de la obras de puesta en valor y de las obras de remodelacion en las zonas no consideradas intangibles, se permitira ejecutar obras de ampliacion solo en las areas que previamente se reservaron para dicho fin en la solicitud presentada por el interesado, las cuales deberan realizarse conforme a las disposiciones senaladas en el articulo 6 de la Ordenanza Nº 387/MM. Su tramite se realizara de acuerdo a lo establecido en la presente MORDAZA y no es aplicable para los Bienes Culturales declarados por el Ministerio de Cultura. Articulo 29º.- Destruccion del predio por caso fortuito o fuerza mayor En caso un predio ubicado en una Microzona de Valor Urbanistico y/o declarado como Bien Cultural Inmueble por el Ministerio de Cultura cuyos propietarios se hayan

22.1 Solicitud de Evaluacion Preliminar de la puesta en valor. 22.2 Memoria descriptiva de la puesta en valor, firmada y sellada por un arquitecto colegiado y habilitado. 22.3 Planos de arquitectura de plantas, cortes y elevaciones, y esquema estructural a escala 1:75 o 1:100 de la edificacion existente, firmados y sellados por un arquitecto colegiado y habilitado. 22.4 Planos de arquitectura de plantas, cortes y elevaciones, a escala 1:75 o 1:100 de la Puesta en Valor, firmados y sellados por un arquitecto colegiado y habilitado. 22.5 Planos de arquitectura de detalles, firmados y sellados por un arquitecto colegiado y habilitado. 22.6 Memoria descriptiva del proyecto de modificacion estructural cuando corresponda, firmados y sellados por un ingeniero civil colegiado y habilitado. 22.7 Aprobacion de anteproyecto o proyecto por el Ministerio de Cultura cuando corresponda. Estos requisitos deberan presentarse en Mesa de Partes para que MORDAZA remitidos a la Subgerencia de Catastro. Los planos de arquitectura de detalle a presentar seran los necesarios para que sea posible la evaluacion de la implementacion de las recomendaciones realizadas en la inspeccion tecnica preliminar. Correspondera presentar memoria descriptiva del proyecto de modificacion estructural cuando como resultado de la inspeccion tecnica preliminar se MORDAZA recomendado la modificacion estructural, la cual debera plantear de manera general las alternativas de solucion a las recomendaciones efectuadas. En caso de ser predios declarados como Bienes Culturales Inmuebles por el Ministerio de Cultura, deberan presentar su anteproyecto o proyecto de puesta en valor, que recoja las recomendaciones efectuadas en la inspeccion tecnica preliminar, ante dicha institucion para su evaluacion y aprobacion. Una vez aprobados tales documentos por el Ministerio de Cultura, podran iniciar el tramite de Evaluacion Preliminar de la Puesta en Valor en Mesa de Partes de la Municipalidad de Miraflores, para que sea derivado a la Subgerencia de Catastro, de acuerdo a lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo 23º.- Evaluacion y aprobacion preliminar de la puesta en valor por la Subgerencia de Catastro Evaluado el expediente por la Subgerencia de Catastro, respecto al cumplimiento de lo senalado en el diagnostico y recomendaciones formuladas en la inspeccion tecnica preliminar, esta emitira pronunciamiento a traves de una carta en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles con aplicacion de silencio administrativo negativo. En caso de existir observaciones, se otorgara un plazo MORDAZA de quince (15) dias calendarios para subsanarlas. Si la carta senala opinion favorable respecto al expediente de evaluacion preliminar de la puesta en valor, el propietario o propietarios estaran habilitados para iniciar su tramite de Licencia de Edificacion, el cual sera evaluado por la Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas. Articulo 24º.- Evaluacion y aprobacion de la licencia de edificacion para la puesta en valor por la Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas El propietario o los propietarios presentaran su tramite de Licencia de Edificacion de acuerdo a la modalidad correspondiente en Mesa de Partes, para que sea evaluado por la Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas. En este caso, el interesado, ademas de presentar los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), debera senalar por escrito que cuenta con los siguientes documentos, indicando el numero y fecha de emision de cada uno: decreto de alcaldia que dispuso las limitaciones y restriccion al predio materia de conservacion, Certificado de Derechos Edificatorios otorgado, y carta de la Subgerencia de Catastro con opinion favorable de la evaluacion preliminar de la puesta en valor. En caso que como resultado de la inspeccion tecnica preliminar se MORDAZA determinado que es necesario realizar modificaciones estructurales, el tramite de licencia de edificacion aplicable sera el senalado para la modalidad B o C segun corresponda, debiendo presentarse el proyecto

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